¿Y si Hacienda se entera? Cuáles son los riesgos de alquilar en 'B' nuestra vivienda

  • En España, un 28% de los alquileres no se declara a Hacienda.
  • La actuación fraudulenta del arrendador siempre puede quedar descubierta si el inquilino busca los beneficios fiscales del alquiler.
  • El propietario pierde los beneficios fiscales y se arriesga a una sanción.
El cartel de un piso que se alquila en el portal de la vivienda.
El cartel de un piso que se alquila en el portal de la vivienda.
CH. LIZARRALDE
El cartel de un piso que se alquila en el portal de la vivienda.

La Agencia Tributaria realizó el año pasado 5.469 actuaciones presenciales de verificación formal destinadas a detectar alquileres opacos, lo que supone una caída del 26,2% en comparación con el ejercicio anterior (7.410 visitas). Y es que Hacienda sabe que las rentas del alquiler también intentan escapar a su control.

No declarar a Hacienda los ingresos procedentes del alquiler de una vivienda tiene algunos inconvenientes. Desde las sanciones fiscales a la pérdida de deducciones, pasando por el pago de los intereses por la sanción. Según la empresa Alquiler Protegido, en España un 28% de los alquileres no se declara a Hacienda.

El tratamiento fiscal de los rendimientos obtenidos del alquiler de vivienda es uno de los que cuentan con mayores beneficios de todas las rentas que gravan el impuesto del IRPF, por lo que no respetar la legalidad conlleva la pérdida de beneficios fiscales, sanciones y pago de intereses que a la larga no compensan esta actuación fraudulenta.

Según Alquiler Protegido, el primer problema es la consistencia del compromiso de actuación fraudulenta entre el inquilino y el propietario, dependiendo ambos de que la otra parte finalmente no declare el arrendamiento. "Estos acuerdos al final siempre se rompen y en el 80% lo hacen por el lado del inquilino, que sí encuentra ventajas fiscales a la hora de deducir el importe del alquiler y por ello, declara ante Hacienda ser inquilino, quedando el arrendador en manos de la Agencia Tributaria que ahora sí podrá, en su lucha contra el fraude, localizar de forma rápida el desajuste", explica.

Las posibles deducciones que se puede aplicar el inquilino dependen de que el propietario haya declarado el mismo. Tanto en el caso de un contrato verbal como escrito, y en el supuesto de que el propietario se niegue a su declaración, el inquilino siempre puede acudir a la vía judicial, hacer una petición formal al propietario de la documentación para poder hacer por sí mismo la declaración o solicitar una inspección tributaria.

Pérdida de beneficios fiscales

El segundo de los problemas o peligros a los que se enfrenta el propietario de una vivienda en alquiler no declarada es la pérdida de los beneficios fiscales, a lo que habrá de añadirse la sanción correspondiente. Actualmente el arrendador se beneficia de una reducción del 60% sobre los rendimientos netos positivos obtenidos por el arrendamiento de vivienda.

Tras la comprobación por la administración de la falta de declaración de dichos ingresos, se abrirá un expediente sancionador al propietario por ocultación de ingresos y al inquilino por solicitar la devolución de importes indebidos en caso de que este hubiera solicitado una desgravación fiscal. El propietario, añade Alquiler Protegido, perderá los beneficios fiscales, además tener que abonar lo correspondiente al importe total de los rendimientos "descubiertos", junto a los intereses desde la fecha de alquiler de la vivienda y una multa que varía en función de la gravedad del hecho.

Otro de los problemas a los que se enfrenta el arrendador clandestino es que no podrá hacer valer las reclamaciones oportunas al inquilino, por ejemplo por desperfectos que se haya podido producir en el inmueble, o por impago rentas o suministros. Al no existir un contrato y sin declaración de ingreso por alquiler no existe ninguna prueba documental siendo mucho más complicado probar la relación contractual.

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