Ecologistas llevan a Defensor del Pueblo andaluz descatalogación como urbanizable de suelo anexo a Algarrobico

La asociación 'Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar' ha elevado queja a la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz para solicitar que requiera al Ayuntamiento de Carboneras (Almería) y a la Junta de Andalucía para que procedan a descatalogar de manera definitiva a suelo no urbanizable de especial protección las fincas que integran el sector ST-2 o 'Canillar', en el paraje de El Algarrobico.
Hotel de El Algarrobico
Hotel de El Algarrobico
EUROPA PRESS
Hotel de El Algarrobico

La asociación 'Amigos del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar' ha elevado queja a la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz para solicitar que requiera al Ayuntamiento de Carboneras (Almería) y a la Junta de Andalucía para que procedan a descatalogar de manera definitiva a suelo no urbanizable de especial protección las fincas que integran el sector ST-2 o 'Canillar', en el paraje de El Algarrobico.

En estos terrenos, propiedad de la promotora del hotel de una veintena de plantas y 411 habitaciones, se prevé, asimismo, un desarrollo urbanístico residencial, lo que, a juicio del colectivo conservacionista, es incompatible con el cumplimiento de la normativa ambiental específica del parque natural y del Plan de Ordenación del Corredor del Litoral de Andalucía.

La iniciativa llega después de que, según indica la queja recogida por Europa Press, ni Ayuntamiento ni Junta hayan dado respuesta a los escritos presentados en junio y en septiembre de 2015 y ante la "competencia" del Defensor del Pueblo Andaluz "para realizar los requerimientos y oficios necesarios para instar a las administraciones citadas para que resuelvan las peticiones realizadas".

Para 'Amigos del Parque', la actitud de ambas administraciones supone una doble "vulneración" de la normativa; por un lado, la ley de procedimiento administrativo común y, por otro, las previsiones "establecidas en la LOUA, la ley de transparencia andaluza y su homónima de ámbito estatal que establece la obligación de contestar a todas las solicitudes realizadas".

En concreto, en sus escritos de junio y septiembre el colectivo pidió, bien mediante una innovación a la normativa urbanística municipal, bien haciendo uso la Junta de sus competencias en materia de disciplina urbanística, la descatalogación definitiva de suelo urbanizable residencial no sectorizado a suelo no urbanizable de especial protección de los sectores urbanizables no sectorizados ST-1, donde se levanta el hotel, y ST-2 o Canillar, donde también se ha proyectado desarrollo residencial.

Cabe recordar que la normativa urbanística municipal, que se adaptó en 2009 a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, mantiene como urbanizable este paraje mientras que en su sentencia de marzo de 2014, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) falló que le correspondía a todo el paraje la calificación ambiental 'D' o urbanizable.

La resolución entró en contradicción con otra, dictada por el mismo órgano en 2012, que sostenía que, por el contrario, tanto el suelo sobre el que se levantaba el hotel como las fincas adyacentes bajo la denominación ST-2, eran no urbanizables de especial protección.

La discrepancia debe ser resuelta por el Tribunal Supremo (TS), que somete este martes a votación y fallo el recurso interpuesto por Junta de Andalucía y ecologistas contra la sentencia de marzo de 2014 para sentar jurisprudencia definitiva.

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