Una sentencia de la sala Primera del Tribunal Supremo ha condenado a pagar 20.000 euros a la antigua Telecinco (ahora Mediaset) y a la exconcursante de Gran Hermano y polémica colaboradora Aída Nízar por decir en otro reality que había acompañado a una compañera de concurso a abortar, sin que hubiera "prueba alguna que lo atestigüe", según informa ecoteuve.es.
La condena proviene de la intromisión ilegítima en el honor de la demandante, cuando Nízar, en el reality show Acorralados (Telecinco, 2011) aseguró que había acompañado a su supuesta amiga íntima "Mercedes" a una clínica para abortar. El fallo considera en primer lugar que la identidad de la tal "Mercedes" era perfectamente reconocible para los espectadores habituales de este tipo de programas.
Además, reconoce el tribunal que no se presentaron pruebas de la veracidad de las afirmaciones, por lo que estás eran "carentes de veracidad" y que ni siquiera hubo pruebas de que ambas mujeres fueran amigas, ni de que hubiera un embarazo ni de que se hubiera interrumpido.
Además de a Aída Nízar, el fallo condena a la cadena por contratar a personas sin credibilidad y dadas a la provocación, con el objetivo de conseguir una mayor audiencia o espectáculo. Recuerda además la sentencia que el hecho de que la propia demandada careciera de credibilidad no la exonera de la comisión de los delitos de intromisión ilegítima en los derechos fundamentales al honor, intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
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