El juez impone una fianza de 800 millones a Bankia y la excúpula directiva por su salida a Bolsa

  • El magistrado Andreu establece un plazo de un mes para que hagan frente al depósito de la cantidad.
  • La fianza debe ser pagada de forma solidaria por Bankia y BFA, así como Rodrigo Rato, Francisco Verdú. José Luis Olivas y José Manuel Fernandez Norniella.
  • Bankia ha anunciado que recurrirá la fianza, impuesta a causa de las presuntas irregularidades en la salida a Bolsa de la entidad.
  • Auto en el que el magistrado solicita la fianza civil de 800 millones de euros.
El expresidente de Caja Madrid, Rodrigo Rato (d), y el de Bancaja, José Luis Olivas, en una imagen de archivo.
El expresidente de Caja Madrid, Rodrigo Rato (d), y el de Bancaja, José Luis Olivas, en una imagen de archivo.
EFE/ARCHIVO
El expresidente de Caja Madrid, Rodrigo Rato (d), y el de Bancaja, José Luis Olivas, en una imagen de archivo.

El juez Andreu ha decidido imponer una fianza civil de 800 millones de euros a las entidades mercantiles Bankia y BFA, así como a los exdirectivos de la caja Rodrigo Rato, Francisco Verdú, José Luis Olivas y José Manuel Fernandez Norniella por las presuntas irregularidades en su salida a bolsa de la entidad.

El magistrado establece un plazo de un mes para que hagan frente al depósito de la cantidad de forma solidaria, bajo apercibimiento que, "si no prestaren dicha fianza en el término fijado, se decretará el embargo de sus bienes hasta cubrir dicha suma".

Bankia ha anunciado que recurrirá la fianza, impuesta por las presuntas irregularidades en la salida a Bolsa, para lo que los afectados tienen un plazo de tres días.

De esta forma, solo ha incluido a los cuatro miembros del Consejo de Administración, además de Rato, responsables del acuerdo adoptado en la reunión del 15 de junio de 2011, en la que se aprobaron los estados financieros que fueron incorporados al folleto informativo de la salida a bolsa, "cuya veracidad está cuestionada con sólidos y fundados indicios".

Según el juez, de la prueba pericial que cuestionó las cuentas con las que Bankia salió a Bolsa y el resto de pruebas practicadas se desprende un delito tipificado en el Código Penal que castiga a quienes como "administradores de hecho o de derecho de una sociedad emisora de valores, falsearan la información económica financiera contenida en los folletos de emisión de cualesquiera instrumentos financieros, con el propósito de captar inversores o depositantes".

Falsedad y un folleto no veraz

Esa prueba pericial, elaborada por los dos técnicos cedidos por el Banco de España, pone de manifiesto "con toda rotundidad que los estados financieros contenidos en  el folleto de la OPS (oferta pública de suscripción) de Bankia no expresaban la imagen fiel de la entidad", extremo que el contrainforme de parte aportado por la entidad no contradice en ningún momento, subraya Andreu.

Derivado de ello, tampoco fue veraz la explicación contenida en el folleto informativo dirigido a los inversores minoristas, "pues las negociaciones con los del tramo institucional tienen otro recorrido, dado que los mismos conocen otros aspectos complementarios tanto de su inversión como de los riesgos, teniendo conocimientos más amplios de los que tienen los minoristas".

Por este motivo, sin perjuicio de salvaguardar los intereses de los inversores institucionales, el magistrado calcula esta cuantía "con carácter provisional" para asegurar las "legítimas expectativas de los citados accionistas minoristas".

Una cuantía "proporcionada, adecuada y justificada a los fines" y que resulta de sumar la tercera parte de los 1.800 millones en acciones que Bankia colocó entre minoristas (600 millones) más el tercio establecido en la ley para fianzas civiles.

No obstante, Andreu recuerda que la ley permitirá ampliar o reducir esa cifra, según la evolución del proceso judicial.

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