Ecologistas cree que promotora de Algarrobico no tiene derecho a indemnización y avanza personación

Ecologistas en Acción ha anunciado este martes que va a interponer un recurso de personación ante la Audiencia Nacional (AN) para oponerse a las pretensiones de la promotora del hotel en el paraje de El Algarrobico (Almería), que reclama al Estado, la Junta y el Ayuntamiento de Carboneras más de 70 millones de euros de indemnización por supuesto "anormal funcionamiento de la administración".
Hotel De El Algarrobico
Hotel De El Algarrobico
EUROPA PRESS/AYUNTAMIENTO DE CARBONERAS
Hotel De El Algarrobico

Ecologistas en Acción ha anunciado este martes que va a interponer un recurso de personación ante la Audiencia Nacional (AN) para oponerse a las pretensiones de la promotora del hotel en el paraje de El Algarrobico (Almería), que reclama al Estado, la Junta y el Ayuntamiento de Carboneras más de 70 millones de euros de indemnización por supuesto "anormal funcionamiento de la administración".

Así lo ha indicado a Europa Press uno de los portavoces del colectivo, Enrique Ruiz, quien ha precisado que la empresa Azata del Sol "no tiene derecho" a la citada indemnización ya que los actos administrativos que llevaron a construir el inmueble de una veintena de plantas y 411 habitaciones "son nulos de pleno derecho, como ha reconocido el Tribunal Supremo (TS).

Ruiz ha asegurado que Ecologistas persigue con la personación en el procedimiento por responsabilidad patrimonial "velar por los intereses generales" y convertirse "en la voz crítica en el proceso para evitar que se produzca un eventual acuerdo entre partes o no alegen lo que hay que alegar en este caso".

"No cabe indemnización porque el hotel es totalmente ilegal", ha apuntillado para conceder, no obstante, que esta, en todo caso, "no debería ir más allá del proyecto de obra y los materiales".

Ruiz ha trasladado, en este sentido, que una vez se sustancie el procedimiento y se produzca el fallo, en "contra según esperamos", Junta de Andalucía y Gobierno central "no podrán demorar más el derribo y posterior restauración ambiental del paraje".

Ha recordado que el protocolo suscrito por ambas administraciones en 2011 condicionaba la actuación a que se clarificasen los pleitos en los que estaba inmersa la edificación, un hecho que se produciría, a su juicio, con este fallo ya que el suelo sobre el que se levanta el hotel es de titularidad pública. "Ya no habría paso atrás para que cumplan la palabra dada", ha concluido.

Azata del Sol interpuso el 24 de septiembre de 2014 tres reclamaciones de responsabilidad patrimonial, a la postre desestimadas y que han dado lugar a la vía judicial, en las que cuantifica la responsabilidad patrimonial de Estado, Junta y Ayuntamiento carbonero, conjunta y de manera solidaria, en 70 millones de euros, cifra que incluye un 5 por ciento por daño moral según la tasación realizada por la sociedad Tinsa de acuerdo no solo al valor del suelo y del hotel, sino también teniendo en cuenta el daño moral, material y el descrédito empresarial a la mercantil.

El

Supremo ya rechazó sus pretensiones

Cabe recordar que en julio de 2012 el Tribunal Supremo (TS) rechazó que Azata del Sol tenga derecho a percibir indemnización por parte de la administración en caso de derribo al considerar que tenía el "deber jurídico" de adaptar el proyecto a la Ley de Costas, que estipulaba una servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre de 100 metros.

El Alto Tribunal confirmaba que no había responsabilidad patrimonial por parte de la Dirección General de Costas al tiempo que desvinculaba el perjuicio que la mercantil alega haber sufrido de la "actuación descuidada" del Estado al no haber promovido la revisión del Plan Parcial del sector ST-1 donde se asienta el inmueble y haber informado favorablemente la aprobación de la norma urbanística de Carboneras que calificaba el paraje como suelo urbanizable.

Sostenía el Supremo en su resolución, que el daño que argumenta Azata era una "cuestión completamente independiente" de la "incuria" que si le reconocía a la administración general del Estado y argumentaba que la mercantil "como propietaria del suelo" tenía el "deber jurídico" de adaptar el proyecto, que situó el hotel a 50 metros de la línea litoral, a la Ley de Costas.

La misma sala calificó de "cálculos precipitados" los que hizo Azata para levantar el hotel y consideró así que "se precipitó" a adquirir suelo sujeto a un procedimiento de deslinde provisional y "más aún" al obtener licencias y permisos para acometer su construcción.

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