El Supremo anula las sentencias del ERE de UGT-A y ordena al tribunal andaluz repetir el juicio

  • El Tribunal Supremo ordena repetir los juicios de ERE en Estepona y UGT de Andalucía, por no aplicar determinadas pruebas documentales o periciales
  • Estas pruebas se utilizarán en el juicio, antes de que se dicten nuevas sentencias por el tribunal andaluz.
Sentencia del Tribunal Supremo.
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Sentencia del Tribunal Supremo.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha anulado este jueves la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que declaraba ajustado a derecho el ERE en el Ayuntamiento de Estepona (Málaga) y en la  UGT de Andalucía, y ordena repetir el juicio.

El ayuntamiento de Estepona llevó a cabo un despido colectivo de 176 trabajadores, y la UGT de Andalucía, de 159.

En un comunicado hecho público este jueves se informa así de que el pleno de la Sala de lo Social ordena al TSJA repetir el juicio al considerar no se practicaron determinadas pruebas documentales o periciales, que ahora se deberán llevar a cabo en el juicio antes de que se dicten las nuevas sentencias por el propio tribunal andaluz.

Falta de pruebas

En ese comunicado se recoge que el pleno, al conocer del recurso de casación interpuesto contra la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal andaluz, ha resuelto acerca de la falta de aportación por alguna de las partes con cinco días de antelación al acto de juicio de la prueba documental o pericial que por su volumen o complejidad sea conveniente posibilitar su examen previo en dicho momento, según la obligación que impone la ley procesal laboral.

Así, ha acordado anular las actuaciones y repetir el acto de juicio, por entender que el incumplimiento de dicha obligación no puede suponer la pérdida definitiva(preclusión) de la posibilidad de practicar esa prueba, por no estar expresamente prevista en el precepto aplicado y poder verse afectado el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva del artículo 24 de la Constitución.

Cabe recordar que el juicio se celebró a mediados de mayo de 2013 por conflicto colectivo presentado por la sección sindical de los trabajadores de UGT-A contra el sindicato, a raíz de la presentación del expediente de regulación de empleo (ERE) promovido en enero de 2013 por el sindicato, que afectaba a 159 trabajadores, contando los 29 trabajadores de estructura del sindicato y los 130 vinculados al programa Orienta.

El tribunal andaluz dictó sentencia a finales de ese mismo mes considerando que el despido colectivo "se ajusta a derecho". Los trabajadores anunciaron su recurso porque no estaban conformes con lo que decía la sentencia ni en lo que decía ésta sobre el colectivo de los Orienta.

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