Un informe estatal señala la posible nulidad de las ayudas autonómicas de los ERE de Mercasevilla

Un informe de la Intervención General de la Administración del Estado sobre las subvenciones autonómicas comprometidas para los expedientes de regulación de empleo (ERE) promovidos en 2003 y 2007 por la sociedad mixta Mercasevilla, participada mayoritariamente por el Ayuntamiento hispalense, concluye que las mismas, no abonadas en el segundo de los casos, podrían incurrir en "causa de nulidad de pleno derecho".

Un informe de la Intervención General de la Administración del Estado sobre las subvenciones autonómicas comprometidas para los expedientes de regulación de empleo (ERE) promovidos en 2003 y 2007 por la sociedad mixta Mercasevilla, participada mayoritariamente por el Ayuntamiento hispalense, concluye que las mismas, no abonadas en el segundo de los casos, podrían incurrir en "causa de nulidad de pleno derecho".

Hablamos de los dos ERE promovidos en 2003 y 2007 por Mercasevilla. El primero de ellos, autorizado e incentivado por la Junta de Andalucía, se saldó con la prejubilación de 50 empleados mayores de 50 años, si bien en el mismo figuran tres empleados que no contaban con 50 años a fecha de 31 de diciembre de 2003 y que fueron incorporados en abril de 2004, al haber cumplido ya esa edad. El procedimiento, de cualquier modo, contó con ayudas autonómicas por valor de 5,63 millones de euros para las rentas de los prejubilados.

En cuanto al ERE de 2007, valorado en 9.046.976,95 euros, la Junta de Andalucía, en concreto el otrora director general de Trabajo y Seguridad Social Francisco Javier Guerrero, comprometió más de ocho millones de euros en concepto de ayudas para la prejubilación de 39 trabajadores, aunque el procedimiento incluyó la prejubilación de una persona sin relación alguna con Mercasevilla (el socialista Antonio Garrido Santoyo) y un trabajador autónomo "con periodos de alta en Mercasevilla de pequeña duración".

No obstante, la Junta de Andalucía se desligó después de la financiación de este segundo ERE y ya en noviembre de 2012, el Juzgado de lo Social número ocho zanjaba que Mercasevilla es el "único responsable en el pago de las indemnizaciones reconocidas", declarando "irrelevante el compromiso personal" formalizado por Guerrero en sus documentos al carecer de "todo trámite administrativo". La Junta de Andalucía se desvinculó de la financiación de este ERE, por cierto, después de que arrancase la investigación de la presunta administración fraudulenta de la partida presupuestaria 31L de los fondos autonómicos, traducida en ayudas arbitrarias a empresas y para expedientes de regulación de empleo irregulares al carecer de motivo en muchos casos.

Informe estatal

Al analizar las ayudas comprometidas para estos ERE, la Intervención General de la Administración del Estado da cuenta de la negativa de la Junta a financiar el ERE de 2007 pese a los compromisos de su Dirección General de Trabajo y Seguridad Social y considera, sobre los dos ERE y en cualquier caso, que se trata de ayudas "que pudieran corresponder al ámbito laboral", con lo que "si la subvención correspondiera a dicho ámbito y dado que la Junta de Andalucía ha establecido un sistema propio de ayudas previas a la jubilación ordinaria (...) distinto al regulado para el Estado, podría entenderse vulnerada la competencia del Estado", aspecto reflejado inicialmente por un informe del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

La Intervención General de la Administración del Estado cree además que "la Junta se podría haber hecho cargo de obligaciones propias de la empresa" y que las subvenciones, ya sea pagadas o sólo comprometidas, "han prescindido total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido", aspecto que "pudiera ser causa de nulidad de pleno derecho", más aún cuando Guerrero actuó "sin competencia legal para ello" y cuando "los sistemas utilizados para determinar tanto la empresa elegida como los importes a financiar son totalmente discrecionales", al no constar "criterios de publicidad, concurrencia y objetividad".

"Los baremos y criterios usados para cuantificar el importe económico de las ayudas (...) son muy superiores y más amplios que los previstos", pues "las prestaciones oscilan entre el 89 y el 95 por ciento del salario neto" y a partir de la jubilación, "se garantiza una renta vitalicia de entre el 89 y el 95 por ciento del salario neto".

Mostrar comentarios

Códigos Descuento