La juez Alaya ordena a la Guardia Civil que entregue todas las actuaciones realizadas sobre IFA/IDEA

La juez que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares tramitados por la Junta de Andalucía ha ordenado a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que entregue de manera "inmediata" todas aquellas actuaciones que "se hayan podido efectuar hasta la fecha" en relación al atestado sobre IFA/IDEA".

La juez que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares tramitados por la Junta de Andalucía ha ordenado a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que entregue de manera "inmediata" todas aquellas actuaciones que "se hayan podido efectuar hasta la fecha" en relación al atestado sobre IFA/IDEA".

De este modo, la magistrada Mercedes Alaya da cumplimiento al auto en el que la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla estimaba el recurso presentado por varios imputados en la causa y ordenaba la incorporación a las diligencias de todas las actuaciones efectuadas hasta el momento por la Guardia Civil en relación al atestado sobre IFA/IDEA.

Por medio de una providencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la instructora requiere a la UCO "para la entrega inmediata de cuantas actuaciones se hayan podido efectuar hasta la fecha del atestado relativo a IFA/IDEA —nuevas declaraciones y documentos que se hayan aportado o recabado—", todo ello "sin perjuicio de que se continúe con la investigación".

El auto de la audiencia provincial

La Audiencia, en su auto, consideraba que "no le falta razón al recurrente en un particular extremo, y es la necesidad de que estén ya en las actuaciones, unidas a las diligencias previas y a disposición y conocimiento primero de quien dirige la instrucción e inmediatamente después a las partes, unas diligencias policiales que en algunos casos han podido tardar en remitirse hasta diez meses, irregularidad ésta que no puede ser admitida".

"Esta situación, o situaciones de naturaleza similar, deben cesar de inmediato", asevera la Sala, que añade que "se puede entender perfectamente que la complejidad y extensión del caso impida a los agentes de la UCO la entrega de las actuaciones en el corto plazo que marca el artículo 295 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal".

No obstante, "la magistrada debe cuidar el que con regularidad se le actualicen oficialmente y por escrito los avances que puedan ir existiendo en las distintas líneas de investigación que estén abiertas, poniendo a disposición de las partes lo que se haya actuado sin esperar a ese informe final de seguimiento tras conclusión del artículo 292 de la citada Ley" al que la juez alude en el auto donde denegó la petición de los imputados, "máxime en un caso cuya finalización resulta incierta".

Atestado que "no consta concluso"

Por este motivo, considera que "asiste la razón al recurrente y deberán traerse a las diligencias previas cuantas actuaciones se hayan podido efectuar hasta la fecha en lo que todas las partes coinciden en denominar como atestado IFA/IDEA que no nos consta concluso —declaraciones y documentos que se hayan aportado o recabado incluidos—", todo ello "sin perjuicio de que se continúe con la investigación si así se estima y ello en aras a garantizar el derecho de defensa de los implicados".

Mostrar comentarios

Códigos Descuento