El Supremo avala el ERE de la agencia de protección de datos de la Comunidad de Madrid

  • El ERE afectó a 16 trabajadores. El TS aprecia "fraude de ley".
  • El tribunal reprocha a la agencia que solo entregara una memoria explicativa sobre la situación financiera de la empresa, no un documento contable.
Un detalle de la fachada del Tribunal Supremo, en Madrid
Un detalle de la fachada del Tribunal Supremo, en Madrid
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Un detalle de la fachada del Tribunal Supremo, en Madrid

El Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad del expediente de regulación de empleo (ERE) en la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid (APDCM) que afectó a la plantilla de 16 trabajadores, al apreciar fraude de ley, falta de causa legal e incumplimiento de los requisitos procedimentales.

En su sentencia, la Sala de lo Social del TS, que confirma una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, observa que el despido colectivo que afectó a toda la plantilla se inició sobre la base de un mero proyecto de ley de extinción de la personalidad jurídica de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, cuando dicha extinción todavía no se había producido.

A esto se añade además que no se entregó ningún documento contable sobre la situación económica y financiera de la Agencia de Protección de Datos, solo una memoria explicativa, y que las causas concretas que justifican el despido colectivo no pueden ser sustituidas por la mera invocación a la mala situación de la economía en general, a la reducción del gasto en el sector público y al ahorro que supone la extinción.

Por ello, la Sala de lo Social declara la responsabilidad solidaria de la APDCA y de la Comunidad de Madrid y señala que antes de que por ley se extinga la agencia "se toma la decisión de despedir colectivamente -con el incumplimiento palmario de los requisitos legales y procedimentales- a toda la plantilla de la misma para evitar que el órgano administrativo que asuma sus funciones tenga que hacerse cargo del personal".

Uno de los magistrados que componen el tribunal, José Manuel López García de la Serrana, ha emitido un voto particular discrepante al mostrarse partidario de declarar improcedentes los despidos y no nulos.

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