Condenado un pintor por abusar sexualmente de un menor de cuatro años en la casa donde trabajaba

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a dos años y tres meses de cárcel a un pintor acusado de abusar sexualmente de un menor de cuatro años aprovechando que este se quedó solo junto a su hermana en la casa donde se encontraba trabajando.

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a dos años y tres meses de cárcel a un pintor acusado de abusar sexualmente de un menor de cuatro años aprovechando que este se quedó solo junto a su hermana en la casa donde se encontraba trabajando.

En la sentencia, consultada por Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial condena al acusado, Leopoldo M.O., a dos años y tres meses de prisión y al pago de una indemnización de 1.000 euros por los daños morales causados a la víctima a cuenta de un delito de abuso sexual a menor de 13 años.

Los hechos tuvieron lugar en la mañana del 10 de marzo de 2012, cuando el condenado, que era padre de un compañero de colegio de la víctima, acudió al domicilio de la familia del menor en Sevilla a realizar unos trabajos de pintura.

Sobre las 13,00 horas, los padres abandonaron la vivienda para ir al supermercado, quedando allí sus dos hijos menores, de ocho y cuatro años de edad, respectivamente, que estaban viendo la televisión mientras el acusado realizaba sus tareas de pintor.

Estando ausentes los padres, los dos menores dejaron de ver la televisión y acudieron a entretenerse observando lo que hacía el pintor, hasta que en un momento dado éste aprovechó que se quedó a solas con el niño y lo abordó, bajándole la ropa y abusando sexualmente de él.

Versión "increíble" del acusado

La Audiencia señala los hechos han quedado demostrados, en primer lugar, por la declaración del menor, y añade que la verosimilitud de lo ocurrido queda reforzada por el hecho de que el menor le contó lo ocurrido a la madre nada más regresar sus padres del supermercado.

Al hilo de ello, el tribunal no considera "relevantes" las contradicciones que puedan existir en las declaraciones de los padres del menor acerca de lo que les narrase sobre lo ocurrido, pues "es normal que al cabo del tiempo puedan incurrir en contradicciones menores".

Todo ello frente a la versión dada por el acusado, que en fase de instrucción dijo que "tocó el pene de un niño y que llegó a darle un beso, pretextando que fue un juego sin maldad".

Esta versión, según el tribunal, resulta "increíble, tan increíble como la afirmación deslizada en la declaración policial de que 'el niño le puso su pene en su boca y él le dio un beso'".

Además, "no constituye obstáculo para llegar a la anterior conclusión la ausencia de lesiones en el niño, pues es patente que no era ineluctable la causación de lesiones dada la propia dinámica comisiva, manipulando sin violencia el pene del menor y tocándolo con los labios".

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