Abierto el plazo para las ayudas del Principado a la financiación del informe de evaluación de edificios

La Oficina Municipal de Vivienda de Avilés tramitará las ayudas del Gobierno de Asturias destinadas a la financiación del Informe de Evaluación de Edificios. Para esta medida concreta la Administración autonómica destina 50.000 de euros.
Imagen del centro de la ciudad asturiana de Avilés
Imagen del centro de la ciudad asturiana de Avilés
EUROPA PRESS
Imagen del centro de la ciudad asturiana de Avilés

La Oficina Municipal de Vivienda de Avilés tramitará las ayudas del Gobierno de Asturias destinadas a la financiación del Informe de Evaluación de Edificios. Para esta medida concreta la Administración autonómica destina 50.000 de euros.

Las solicitudes pueden presentarse hasta el 30 de noviembre de 2013. La información precisa se facilitará en la Oficina Municipal de Vivienda de lunes a viernes de 9 a 17 horas, ininterrumpidamente, según ha informado el Ayuntamiento de Avilés a través de una nota de prensa.

El objeto de la convocatoria es concienciar y potenciar entre las comunidades de propietarios, la realización de los Informes de Evaluación de Edificios que incluyan el análisis de las condiciones de accesibilidad, eficiencia energética y estado de conservación de los mismos, tal como se estipula en la Ley 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana.

Esta Ley obliga a que todos los edificios de tipología residencial a disponer de un informe de evaluación que acredite el estado de conservación del mismo, el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal y el grado de eficiencia energética.

Podrán beneficiarse de esta ayuda las comunidades de vecinos, agrupaciones de comunidades, propietarios únicos de edificios de carácter predominantemente residencial de tipología colectiva.

IBI

Además, sigue abierto el plazo para presentar solicitudes de Ayuda al Pago del IBI del Ayuntamiento de Avilés.

Las ayudas pueden ser desde el 50 al 100% del recibo y va dirigida a todos aquellos propietarios de vivienda cuyo valor catastral total que figure en el recibo de pago no sea superior a 60.000 euros y cuyos ingresos trimestrales no superen en 1 vez el IPREM.

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