El TSXG confirma la condena de los cuatro procesados por el crimen de A Cubela

Desestima la revisión que pedían las defensas después de que un jurado considerase probada su implicación en la muerte de un joven

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado en su integridad la sentencia dictada el 30 de mayo para los cuatro procesados por el crimen de A Cubela, al desestimar los recursos de apelación presentados por sus representaciones.

En una sentencia con fecha de 19 de noviembre hecha pública este viernes, la sala de lo civil y penal del TSXG, además, impone las costas del recurso de apelación a los cuatro recurrentes condenados por partes iguales, salvo las correspondientes a la acusación particular, que se reducen al pago de la mitad de las mismas.

Y es que el recurso supeditado de apelación formulado por la acusación particular, ejercitada por Marleny A., también se desestima en el fallo, contra el cual cabe interponer de recurso de casación ante la sala segunda del Tribunal Supremo.

Motivos para desestimar

En cuanto a los motivos para desestimar la revisión de condena que pedían las defensas, en primer lugar, sobre el recurso de Álvaro Stiven C. V., la sentencia indica, sobre uno de los motivos, que no se aprecia "indebida aplicación" del artículo 139 del Código Penal, referido a que "será castigado con la pena de prisión de 15 a 20 años, como reo de asesinato, el que matare a otro concurriendo alguna de las circunstancias" de alevosía; por precio, recompensa o promesa; o con ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido.

"El relato fáctico es tan contundente que no admite discusión alguna sobre la concurrencia de la alevosía puesto que el crimen fue premeditado y al tiempo sorpresivo, impidiendo cualquier tipo de defensa por parte de la víctima y ejecutado con una arma potencialmente letal con la que se asestaron dos golpes, uno de los cuales afectó a un órgano vital que produjo la muerte de forma casi inmediata de Y.A.", subrayan los magistrados.

Sobre un segundo motivo de recurso de Álvaro Stiven C. V., dicen que no puede "extraerse la conclusión, sin género de duda alguna, de que exista una drogadicción prolongada en el tiempo y persistente de drogas duras".

Respecto a Milena C. B., también entiende que los motivos de su recurso carecen "absolutamente" de fundamento y no aprecia "ningún atisbo de nulidad" como solicitaba. Su tesis, apunta, "se cae" debido a "los hechos probados, la motivación del veredicto y la correcta ratificación por parte de la sentencia de la existencia del delito de asesinato".

Sobre Antonio R.C., considera que "no se ha ocasionado indefensión" y añade, entre otras razones para desestimar su recurso, el argumento de la "reiterada jurisprudencia sobre el planteamiento en casación de la denegación indebida de prueba". "Ha existido prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia", afirma.

Por último, del recurso de Azahara C.G., explica que "las tres denuncias tienen que ser necesariamente desestimadas de plano, pues no respetan los hechos probados".

Vista de apelación

Las defensas de los cuatro condenados en el conocido como 'crimen de A Cubela', por la muerte de un joven en enero de este año en A Coruña, pidieron en la vista de apelación —el pasado día 12— la absolución o, en su defecto, una rebaja de las penas.

Por este crimen, en el que murió un joven de 25 años, que mantenía relaciones con la principal procesada y su hija, los cuatro procesados —la madre de la menor, su exmarido, el novio de la hija y su expareja— fueron condenados a penas de entre uno y 18 años de prisión.

En concreto, tras el veredicto condenatorio de un jurado popular, la Audiencia Provincial de A Coruña condenó a Milena Carolina B. C. a 18 años de prisión como autora del asesinato del joven, de nacionalidad colombiana como ella, tras descubrir que mantenía relaciones también con su hija, menor de edad.

El fallo condenó a Álvaro Stiven C. V., —novio de su hija y que, según declaró probado el tribunal, asestó la puñalada mortal a la víctima.- a 15 años de cárcel por un delito de asesinato, al tener en cuenta la atenuante de arrebato.

Mientras, a Antonio R. C., exmarido de la primera, se le impuso una pena de 7 años y seis meses como cómplice, mientras que la cuarta acusada, Azahara C. G., exnovia de Álvaro Stiven, fue condenada a un año de prisión por un delito de encubrimiento.

La sentencia tuvo en cuenta en el caso de Milena C. B. la agravante de parentesco. A ella y a Álvaro Stiven, les condenó al pago de una indemnización de 120.000 euros a la familia de la víctima, Yonier Alejandro.

La vista de apelación se celebró tras los recursos presentados por las acusaciones particulares de los cuatro procesados. En ella, los letrados pidieron la absolución al rechazar la participación de sus clientes como el caso de Milena C.B., a la que se consideró inductora del crimen.

En la misma línea, el letrado de su exmarido rechazó la existencia de "prueba de cargo alguna" contra su clienta y alegó "vulneración del derecho de defensa". Mientras la letrada de Álvaro Stiven rechazó que, de considerarse su condena, puedan calificarse los hechos como asesinato.

En su lugar, argumentó que los hechos deberían considerarse como homicidio imprudente o lesiones y ha alegado, además, consumo de estupefacientes del joven el día de los hechos.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento