Gobierno vasco incluirá en los presupuestos una partida ampliable de 18 millones para compensar el copago sanitario

Darpón anuncia que su departamento se encuentra trabajando para simplificar "al máximo" los trámites administrativos

El consejero de Salud del Gobierno vasco, Jon Darpón, ha informado este lunes que la Ley de Presupuestos del País vasco incluirá en las Cuentas del Departamento de Hacienda una partida ampliable de 18 millones de euros que se destinarán a compensar los copagos farmacéuticos.

Darpón ha comparecido ante la Comisión de Salud y Consumo del Parlamento vasco, a petición del PSE-EE y UPyD, para informar sobre las medidas de compensación a los colectivos vulnerables afectados por el copago farmacéutico.

La Dirección de Salud Pública será la encargada de materializar el decreto que regula estas aportaciones económicas, cuya dotación será ampliable y que los ciudadanos deberán solicitar en su centro de salud o delegación territorial, o a través del servicio de atención "Zuzenean". El Departamento estima que alrededor de medio millón de personas podrían beneficiarse de esta línea de ayudas económicas.

El objetivo de estas ayudas será el de "facilitar la adherencia al tratamiento médico de determinados grupos de población en situación objetiva de enfermedad y necesidad". En concreto, se abonarán aquellas cantidades que el ciudadano haya hecho efectivas como consecuencia del mantenimiento y continuidad de un tratamiento médico prescrito, incluyéndose los tratamientos farmacológicos, los productos dietéticos, y los efectos y accesorios.

Asimismo, ha avanzado que resultarán beneficiarias de estas subvenciones las personas que ostenten la condición de asegurado, como pensionistas de la Seguridad Social, tengan unos ingresos en rentas anuales inferiores a 18.000 euros y sean titulares de la Tarjeta Individual Sanitaria expedida y cuyo garante sea el Sistema Sanitario de Euskadi.

También podrán solicitar estas ayudas las personas que se hallen en situación legal de desempleo y no perciban prestación por desempleo ni Renta de Garantía de Ingresos, y sean titulares de la Tarjeta Individual Sanitaria expedida y cuyo garante sea el Sistema Sanitario de Euskadi; así como las personas que, no teniendo la condición de aseguradas ni beneficiarias del Sistema Nacional de Salud, entren dentro del ámbito de aplicación subjetiva del Decreto 114/2012 de 26 de junio, de régimen de las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y carezcan de recursos.

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