Un año por pegar a un hombre "sin mediar palabra ni motivo", causándole heridas en la cabeza y un brazo

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a un año de cárcel a un hombre por pegar a otro en un pub de Los Corrales de Buelna, causándole fractura en un brazo y heridas en la cabeza.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a un año de cárcel a un hombre por pegar a otro en un pub de Los Corrales de Buelna, causándole fractura en un brazo y heridas en la cabeza.

El acusado, José Antonio G.G., también tendrá que pagar 13.149 euros de indemnización por los daños y perjuicios causados, y 160 euros por la asistencia recibida por el agredido en el Servicio Cántabro de Salud.

De esta manera, la Audiencia estima parcialmente el recurso interpuesto por el acusado, al que rebaja la indemnización de 17.200 euros que le impuso el Juzgado de lo Penal número Uno de Santander, por ser esta cantidad superior a la que reclamaba la Fiscalía. Sin embargo, mantiene la condena de doce meses de prisión.

Los hechos ocurrieron el 21 de octubre de 2011, sobre las 3.00 horas, cuando el condenado entró a un pub de Los Corrales de Buelna y "sin mediar palabra ni motivo aparente" se dirigió directamente a la víctima, que estaba tomando una consumición, y le propinó un puñetazo en la barbilla.

El agresor fue expulsado del bar por su propietario. Al salir del pub, la víctima se encontró de nuevo con él, que le empezó a golpear de nuevo, lo que provocó que cayese al suelo y resultase lesionado.

A consecuencia de los golpes, el agredido sufrió un traumatismo en el antebrazo derecho con fractura, que precisó de intervención quirúrgica; así como una herida inciso-contusa en la región temporal de la cabeza.

Necesitó dos operaciones en el antebrazo, así como tratamiento ortopédico y rehabilitación, mientras que la herida de la cabeza requirió tres puntos de sutura. Tardó 207 días en curarse, durante los que estuvo hospitalizado siete e impedido para sus ocupaciones habituales 108, y le han quedado como secuelas artrosis postraumática y antebrazomuñeca dolorosa de carácter muy leve. Asimismo, le quedan tres cicatrices de entre 15 y 1,8 centímetros.

En su recurso, el acusado apelaba a la falta de acreditación de los hechos, a la errónea valoración de la prueba y a que la cuantía fijada en concepto de responsabilidad civil vulneraba el principio de congruencia y de rogación. Este último punto es el que ha sido estimado por la Audiencia.

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