Sociedad de Oncología acude al Defensor del Pueblo por el acuerdo de equivalencias terapéuticas en fármacos de Andalucía

La Sociedad Española de Oncología Médica (SEOM) ha presentado una queja al Defensor del Pueblo sobre el Acuerdo Marco de Alternativas Terapéuticas Equivalentes que hizo público el pasado 30 de julio la Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucía y donde se incluyen medicamentos oncológicos, porque es "radicalmente contrario" a la legislación estatal de prescripción y dispensación de medicamentos y "discrimina gravemente" a los pacientes andaluces.

La Sociedad Española de Oncología Médica (SEOM) ha presentado una queja al Defensor del Pueblo sobre el Acuerdo Marco de Alternativas Terapéuticas Equivalentes que hizo público el pasado 30 de julio la Consejería de Salud y Bienestar Social de la Junta de Andalucía y donde se incluyen medicamentos oncológicos, porque es "radicalmente contrario" a la legislación estatal de prescripción y dispensación de medicamentos y "discrimina gravemente" a los pacientes andaluces.

Mediante esta queja, la SEOM manifiesta su preocupación ante la declaración de "equivalencia terapéutica" para medicamentos distintos. En el campo específico de la Oncología, "esto resulta especialmente relevante y trascendente, teniendo en cuenta la naturaleza de las enfermedades a tratar", subraya el colectivo en una nota.

Concretamente, el acuerdo marco incluye tres anticuerpos monoclonales aprobados en España para el tratamiento del cáncer colorrectal metastásico (CCRm), que son el bevacizumab, el cetuximab y el panitumumab. Estos fármacos oncológicos tienen distintos mecanismos de acción y no son equivalentes terapéuticos, sino fármacos que tienen sus indicaciones específicas. Esta afirmación se ratifica con el listado de fármacos biológicos no sustituibles de la Agencia Española del Medicamento, donde se incluyen estos anticuerpos monoclonales.

En los hospitales andaluces, la elección del medicamento que se dispensará al paciente no se efectuará por el oncólogo médico según su criterio clínico, sino por el Sistema Andaluz de Salud (SAS), mediante la adjudicación de este acuerdo marco basado en motivos económicos. "Esto es radicalmente contrario a la legislación estatal de prescripción y dispensación de medicamentos y discrimina gravemente a los pacientes andaluces", sostiene la sociedad.

Para la SEOM, la Ley de Cohesión establece que "todos los usuarios del Sistema Nacional de Salud (SNS) tendrán acceso a las prestaciones sanitarias reconocidas en esta ley en condiciones de igualdad efectiva", así como que "el acceso a las prestaciones sanitarias reconocidas en esta ley se garantizará con independencia del lugar del territorio nacional en que se encuentren en cada momento los usuarios del Sistema Nacional de Salud".

El artículo 88 de la Ley de Garantías añade que "se reconoce el derecho de todos los ciudadanos a obtener medicamentos en condiciones de igualdad en todo el Sistema Nacional de Salud, sin perjuicio de las medidas tendentes a racionalizar la prescripción y la utilización de medicamentos y productos sanitarios que puedan adoptar las comunidades autónomas en ejercicio de sus competencias".

Ante la proliferación de medidas adoptadas por las comunidades autónomas para reducir el gasto farmacéutico, la normativa ha introducido una importante modificación para que esas iniciativas de ahorro no infrinjan la igualdad de acceso a la prestación farmacéutica de todos los ciudadanos con independencia del territorio en que se encuentren.

Por todo ello, se ha solicitado al Defensor del Pueblo a que inste a la Consejería andaluza a que retire el citado acuerdo, de modo que "no se vulneren los derechos de profesionales y pacientes, sobre todo el derecho constitucional a la protección de la salud".

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