Irache edita un decálogo con recomendaciones para alquilar una vivienda

La asociación de consumidores ha recibido más de 300 consultas sobre arrendamientos en el último mes
Bloque De Viviendas En Navarra
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EP/GOBIERNO DE NAVARRA
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La asociación de consumidores de Navarra Irache ha editado un decálogo con las principales cuestiones a tener en cuenta a la hora de alquilar una vivienda. Esta guía quiere servir de orientación básica para las personas que pueden estar interesadas en el arrendamiento, tanto propietarios como inquilinos.

Con la última reforma de la normativa publicada en junio, ha explicado la asociación en un comunicado, han aumentado las consultas recibidas sobre alquileres, que en el último mes han sumado más de 300.

Junto a las dudas acerca del cambio de la ley, ha precisado Irache, han llegado numerosas cuestiones sobre el certificado de eficiencia energética, documento con el que deben contar desde junio todas las viviendas que se pongan en alquiler.

Según ha detallado la asociación de consumidores, entre las principales novedades incluidas en la reforma de la ley se encuentra que, a partir de ahora, los alquileres de vivienda durarán, por defecto, tres años -por los cinco determinados antes de la modificación-. A partir de ese momento, si ni el inquilino ni el propietario comunican su intención de dar por concluido el alquiler, éste durará un año más.

En cualquier caso, Irache ha precisado que "se pueden firmar contratos de temporada por menos tiempo siempre que se determine el motivo del arrendamiento y que los inquilinos tengan otro domicilio habitual, una modalidad muy útil para alquilar pisos a estudiantes, por ejemplo".

Asimismo, ha expuesto la asociación el inquilino "debe poner una fianza mínima equivalente a una renta mensual, más allá de que en el contrato se pueda acordar cualquier otra garantía adicional". Además, el inquilino "podrá desistir del contrato, una vez hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con treinta días de antelación".

En este sentido, las partes podrán acordar que para el caso de desistimiento, el inquilino tenga que pagar una indemnización de una mensualidad de renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los periodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.

La asociación ha advertido de que "si no se pacta ninguna actualización de la renta por cada periodo anual, ésta se realizará en función del IPC". "Salvo pacto en contrario, el pago de la renta es mensual y debe hacerse dentro de los siete primeros días de mes", ha expuesto.

Además, la asociación ha indicado que "como norma general, las reparaciones necesarias para mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad irán a cargo del propietario mientras que las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario del inmueble correrán por cuenta del inquilino", un punto que "suele dar lugar a conflictos por determinar quién debe pagar los arreglos".

Cambio de titular en los contratos de suministro

Por otro lado, Irache ha destacado que "en muchas ocasiones el propietario no cambia la titularidad de los contratos de suministro porque se fía de la persona que va a vivir en su piso". Sin embargo, ha recomendado hacerlo puesto que así, "en caso de que haya problemas de pago, es responsabilidad del inquilino tener al día las facturas".

Igualmente, "conviene concretar quién se hará cargo del pago de la cuota de la comunidad de vecinos, que en principio es responsabilidad del propietario del inmueble".

Finalmente, la asociación ha recordado que los propietarios de viviendas en alquiler deben contar desde abril con el certificado de eficiencia energética, lo que obligará a la mayor parte de los propietarios a tener que desembolsar entre 200 y 400 euros por contar con este documento, que en principio es válido por diez años.

La realización del certificado se puede encargar a arquitectos o ingenieros. Quien desee comprar o alquilar un edificio o parte del mismo tiene derecho a ver el certificado, a no ser que la vivienda tenga menos de 50 metros cuadrados o el alquiler vaya a durar menos de cuatro meses.

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