El Supremo se da un mes más para dictar sentencia sobre el caso 'Troya'

El Tribunal Supremo (TS) ha prorrogado un mes más el plazo para dictar sentencia sobre el caso 'Troya', por el que la Audiencia de Málaga condenó al alcalde del municipio malagueño de Alhaurín el Grande, Juan Martín Serón (PP), y al edil de Urbanismo, Gregorio Guerra, por un delito de cohecho a un año de suspensión de empleo o cargo público y una multa de 200.000 euros. La Sala lo justifica en la complejidad del tema y el volumen de documentación.

El Tribunal Supremo (TS) ha prorrogado un mes más el plazo para dictar sentencia sobre el caso 'Troya', por el que la Audiencia de Málaga condenó al alcalde del municipio malagueño de Alhaurín el Grande, Juan Martín Serón (PP), y al edil de Urbanismo, Gregorio Guerra, por un delito de cohecho a un año de suspensión de empleo o cargo público y una multa de 200.000 euros. La Sala lo justifica en la complejidad del tema y el volumen de documentación.

La Sección Octava de la Audiencia malagueña condenó en enero de 2012 a Martín Serón y a Guerra por supuestamente exigir a un constructor el pago de 122.000 euros como contrapartida a la licencia de obras que le fue concedida para la construcción de un edificio de 14 viviendas y garajes. Contra esta sentencia, las defensas de ambos procesados presentaron recurso de casación y se celebró en el Tribunal Supremo una vista el pasado 4 de junio.

Tras esa vista, el Supremo ya fijó en junio pasado una prórroga de un mes para emitir la sentencia y ahora, a través de un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, vuelve a aplazar durante un mes el dictado de la sentencia en la que el alto Tribunal deberá pronunciarse sobre los recursos emitidos por las defensas de los acusados, que pidieron la revocación de la sentencia de la Audiencia de Málaga.

Así, el letrado del alcalde justificó su recurso de casación basándose en que éste fue acusado de forma "genérica" y con "indeterminación", lo que generó su "indefensión". "A Martín Serón nunca se le preguntó por el hecho que motiva su imputación, tampoco en la instrucción", mantuvo el abogado, quien consideró también que la sentencia de instancia adolece de una "excesiva parcialidad" y negó un enriquecimiento injusto de su defendido.

Asimismo, apuntó que la resolución recurrida no concretó si las órdenes e instrucciones que el alcalde daba al concejal, en el que había delegado las competencias en Urbanismo, fueron relevantes para el hecho delictivo. Por su parte, la defensa del edil hizo hincapié en que los hechos probados sitúan a la dádiva requerida como "contraprestación por una licencia previamente concedida", lo que, según sus palabras, no soporta una imputación por cohecho.

La Fiscalía del Tribunal Supremo, por su parte, pidió que se mantuviera la condena impuesta al regidor y al concejal, defendiendo la validez de la prueba testifical del constructor al que se exigió "con insistencia" el pago y recordando que ese testimonio fue corroborado por las conversaciones grabadas entre Martín Serón y Guerra, así como el hallazgo de unas nota manuscritas donde se detallaba la cantidad reclamada.

Por otro lado, el fiscal argumentó que el proceso judicial al que fue sometido Martín Serón se realizó "con todas las garantías", negando así incorrección o volatilidad en la imputación por cohecho, después de que la defensa del regidor afirmara que éste fue juzgado y condenado por un hecho por el que "nunca había sido imputado", y ha señalado que el delito que se le imputó estaba correctamente especificado en el escrito de conclusiones definitivas.

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