Gómez Bermúdez asegura la legislación española es una de las "más preventivas y represivas" del blanqueo de capitales

Javier Gómez Bermúdez, titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional, ha subrayado hoy que España cuenta con una de las legislaciones "más claramente preventivas y represivas" del delito de blanqueo de capitales.
El magistrado Javier Gómez Bermúdez, durante la conferencia en el ICAVA.
El magistrado Javier Gómez Bermúdez, durante la conferencia en el ICAVA.
EUROPA PRESS
El magistrado Javier Gómez Bermúdez, durante la conferencia en el ICAVA.

Javier Gómez Bermúdez, titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional, ha subrayado hoy que España cuenta con una de las legislaciones "más claramente preventivas y represivas" del delito de blanqueo de capitales.

El magistrado, ponente en el Colegio de Abogados de Valladolid (ICAVA) de la ponencia 'Blanqueo de capitales', inscrita en una jornada formativa para colegiados organizada por la Fundación Camilo de la Red del Colegio en colaboración con Banesto-Club Justicia, ha apuntado que a pesar de que España ha ido siempre a "remolque" a la hora de legislar sobre esta materia, en el momento actual cuenta con una de las legislaciones más punitivas, y ha puesto como ejemplo la Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo y la reforma del Código Penal contemplada en la Ley 5/2010, de 22 de junio.

"Esto hoy es así porque España ha ido siempre a los techos máximos que sus compromisos internacionales le imponía, y en el ámbito de la obligación facultativa ha decidido ejercer esa facultad y regularla, lo que hace que nuestras leyes sean muy avanzadas en la materia", ha insistido el juez, quien también ha incidido en que España es "pionera" al contar con una de las tres legislaciones del entorno que incluye como objeto de delito la cuota defraudada en la actividad delictiva cometida contra la hacienda pública.

Además, ha recordado que el delito de blanqueo de capitales aparece ahora como cualficado o agravado no sólo en casos de aquellos bienes procedentes del narcotráfico, sino, desde la referida Ley 5/2010, de 22 de junio, sino también fruto de la corrupción pública, derivada de cohecho, tráfico de influencias, malversación, negociaciones prohibidas a funcionarios...etc.

"principio de persecución universal"

Sobre el órgano jurisdiccional encargado de perseguir el blanqueo de capitales, Gómez Bermúdez, en declaraciones recogidas por Europa Press, ha precisado que el competente es la Audiencia Nacional, cuyo alcance no tiene límites desde el punto de vista territorial ya que, tal y como ha indicado, se trata de un delito en el que rige el "principio de persecución universal", extensible a cualquier parte del mundo.

En su intervención, eminentemente teórica, el juez de instrucción de la Audiencia Nacional ha recordado los orígenes del concepto de blanqueo de capitales, desde los años 20 en EE.UU. bajo el término de 'lavado de dinero', y su actual denominación en el mundo iberoamericano como 'legitimación de capitales', así como las distintas legislaciones puestas en marcha para combatirlo, especialmente desde la gran declaración de Basilea en 1988, una vez que los gobiernos se percataron de las graves repercusiones del mismo.

Y es que, como así ha incidido el magistrado, se trata de un delito "pluriofensivo", recogido en el artículo 301 del actual C.P, que afecta a otros muchos bienes jurídicos fundamentales, no sólo al orden socioeconómico sino también a la "seguridad y soberanía de los estados y a la credibilidad del conjunto del sistema financiero".

Aunque inicialmente el blanqueo de capitales sólo recogía aquellos casos de bienes procedentes del narcotráfico, la legislación actual incluye ya una "pluralidad de conductas" y, bajo un mismo epígrafe, persigue también conductas relacionadas con bienes procedentes de cualquier actividad delictiva, lo que, como así ha matizado, puede plantear dificultades técnicas a la hora de deslindar dicho delito con el de receptación.

Plantón a los periodistas

La anécdota de la jornada se ha producido cuando el ponente se ha negado a atender a los periodistas minutos antes de la jornada, a pesar de que estos últimos habían sido convocados para mantener un encuentro previo con el magistrado.

Gómez Bermúdez, nacido en la provincia de Málaga en 1962 y juez desde los 24 años, fue presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional desde 2004 hasta hace aproximadamente un año, cuando fue sustituido por Fernando Grande-Marlaska, haciéndose entonces cargo del Juzgado Central de Instrucción número 3.

Con amplia trayectoria en enjuiciamiento del terrorismo a sus espaldas, el magistrado se ocupó de procesos tan célebres como los atentados del 11 de marzo de 2004 o las falsas identificaciones de las víctimas del Yak-42, según informaron fuentes del ICAVA.

Carismático, batallador y controvertido, recientemente ha vuelto a ser actualidad a consecuencia del conflicto de competencia que mantuvo con el juez Pablo Ruz, responsable del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, -que instruye el 'Caso Gürtel'-, en torno a la investigación de la supuesta contabilidad B del Partido Popular, tras recaer en su juzgado una querella de Izquierda Unida al respecto.

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