CAA recuerda a las tv locales que deben señalizar la publicidad virtual insertada en sus retransmisiones

El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha recordado este viernes a las televisiones locales de la comunidad que deben señalizar la publicidad virtual que emitan durante las retransmisiones de Semana Santa, un acontecimiento en el que es habitual que los operadores intercalen comunicaciones comerciales con motivo de esta programación especial, que además se caracteriza por realizarse en directo.

El Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) ha recordado este viernes a las televisiones locales de la comunidad que deben señalizar la publicidad virtual que emitan durante las retransmisiones de Semana Santa, un acontecimiento en el que es habitual que los operadores intercalen comunicaciones comerciales con motivo de esta programación especial, que además se caracteriza por realizarse en directo.

El CAA, que ha estimado necesario hacer este recordatorio tras recibir varias consultas por de algunas televisiones locales, explica en un comunicado que el artículo 14.3 de la Ley General de Comunicación Audiovisual establece que en la emisión de publirreportajes, telepromociones y, en general, de aquellas formas de publicidad distintas de los anuncios televisivos que, por las características de su emisión, podrían confundir al espectador sobre su carácter publicitario, deberá superponerse, permanentemente y de forma claramente legible, una transparencia con la indicación "publicidad".

Es decir, que la leyenda con la palabra "publicidad" debe permanecer en pantalla durante todo el tiempo que dure el mensaje publicitario a través de transparencias o locuciones verbales.

Productor milagros

Por otra parte, el CAA ha informado de que en el pleno celebrado esta semana ha aprobado el informe sobre la publicidad de productos con pretendida finalidad sanitaria, más conocidos como productos milagro. En este trabajo se recogen los criterios que utiliza el Consejo a la hora de intervenir ante la emisión de este tipo de anuncios, establecidos en la Ley 17/2011, de Seguridad Alimentaria y Nutrición y el Real Decreto 1907/1996 sobre Publicidad y Promoción Comercial de Productos, Actividades o Servicios con Pretendida Finalidad Sanitaria, conocido como Real Decreto de Productos Milagro.

Se trata de anuncios y programas de televenta que, mediante mensajes, rótulos y testimonios atribuyen a los productos comercializados propiedades naturales adelgazantes, sin necesidad de dietas ni asesoramiento médico, o propiedades terapéuticas preventivas e incluso curativas, con efectos inmediatos.

Este informe, disponible en la página web del Consejo, incluye también el número de requerimientos de cese realizados y los anuncios cuya retirada se ha demandado desde octubre del año pasado, cuando se inició una campaña para detectar este tipo de publicidad ilícita, hasta febrero de este año. Estos datos se irá actualizando periódicamente.

El CAA ha remitido a las asociaciones de consumidores y usuarios, así como a las asociaciones representativas de los operadores audiovisuales este informe para que puedan consultarlo, tal y como se acordó en las reuniones mantenidas con ambos sectores para informar sobre este asunto.

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