Condenado por atropellar a un varón que murió tras permanecer un día en el coche sin auxiliarlo

El Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén ha condenado a dos años y medio de prisión a un varón por atropellar a un vecino de Pozo Alcón (Jaén) en octubre de 2010 y no auxiliarlo, consecuencia de lo cual falleció tras permanecer en el coche del procesado durante aproximadamente un día, tal y como recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.

El Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén ha condenado a dos años y medio de prisión a un varón por atropellar a un vecino de Pozo Alcón (Jaén) en octubre de 2010 y no auxiliarlo, consecuencia de lo cual falleció tras permanecer en el coche del procesado durante aproximadamente un día, tal y como recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press.

En el fallo, se establece como hechos probados que en la mañana del 17 de octubre de 2010, junto a la puerta de entrada de un bar de Pozo Alcón, el acusado, que se encontraba en estado ebrio, al dar marcha atrás con su vehículo atropelló a la víctima, que igualmente estaba en estado ebrio encontrándose tirada en el suelo al haberse caído.

El acusado, tras introducir a la víctima en la parte de atrás del vehículo, con una herida en la cabeza, no lo llevó al centro de salud, dejando al mismo dentro del coche hasta la mañana del día siguiente, llevándolo entonces a dicho centro, donde ingresó ya fallecido. Así, las lesiones sufridas por la víctima no hubieran tenido carácter vital de haber recibido el fallecido asistencia médica con anterioridad.

Asimismo, en el juicio, el acusado negó los hechos, afirmando que el día de autos "llegó al bar y el fallecido poco después, que luego éste se subió al vehículo y que después lo llevó a su casa sobre las 15,00 horas, mientras que él se fue a comer a la suya y se puso a ver la tele un rato". "Ya sobre las 18,30 horas o 19,00 horas volvió a salir y vio que la víctima estaba y que estaba bien". Según continuó en la vista, "se lo llevó al bar y estaba cerrado y, como no abría, lo llevó otra vez a su casa y tampoco se quiso bajar", con lo que "lo volvió a dejar en el coche".

En todo caso, negó que lo atropellara y explicó que "lo llevó al centro de salud al día siguiente porque no le respondía", aunque "habló varias veces con él en el coche y se encontraba bien". No obstante, reconoció que "llevaba una brecha pero de sangre seca, que sería de un día anterior o de dos días" porque "este hombre se había caído muchas veces". De hecho, apuntó que la brecha la llevaba ya cuando lo vio ese día por primera vez.

De otro lado, en la vista una testigo manifestó que "al parecer el fallecido abrió la puerta de atrás antes de tiempo y calló panza abajo" mientras que el acusado "no se apeó del coche ni nada, pues se quedó montado". Entonces ella le dijo "que lo llevara al médico" yéndose a hacer sus cosas a continuación, si bien "cuando volvió a salir ya no vio a nadie y tampoco estaba el coche".

"echó marcha atrás"

No obstante, "vio cómo el acusado echó marcha atrás con el coche, que venían los dos con el coche, que el fallecido salió antes de hora, que éste estaba sentado en el asiento de atrás y cayó panza abajo, que el procesado siguió montado y que entonces ella dijo, como tenía una herida, que lo llevara al médico, negando que la rueda le pasara por encima de la cabeza". En cambio, más tarde advirtió que "sí le había pasado por encima la rueda" una vez que se le leyó la declaración que ella misma había realizado en la fase de instrucción.

Además, señaló que ella "solo le había limpiado un poco la sangre", si bien "no vio a nadie montar al fallecido en el coche", insistiendo reiteradamente en que "dentro del bar no pasó nada" y que "a ella no le podían achacar una cosa que no cometió".

Así, el Juzgado de lo Penal número 3 ha extraído dos conclusiones en la sentencia: que el fallecido recibió traumas craneales que aunque no fueron mortales por necesidad sí llegaron a dar al traste con su vida por causa de no recibir asistencia médica y que al fallecido no le pasó por encima de la cabeza ninguna rueda, sino que recibió un golpe con un borde cortante.

Para el Juzgado de lo Penal, el acusado fue consciente de que el lesionado resultó alcanzado en la cabeza al dar marcha atrás, pues resultaba "evidente". Sin embargo, a pesar de ello dejó al lesionado metido en el coche, donde sufrió nuevas lesiones sin prestarle ayuda, no llevándolo al centro de salud hasta la mañana siguiente, cuando ya había fallecido.

Por todo ello, el procesado ha sido condenado a un año de prisión y privación del permiso de conducir durante dos años por el delito de homicidio imprudente con la atenuante de embriaguez. Por el delito de omisión del deber de socorro se le ha impuesto una pena de un año y medio de cárcel. Además, tendrá que indemnizar a los dos hijos del finado en la cantidad de 70.000 euros a cada uno de ellos.

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