El Gobierno recurre ante el Supremo la anulación de la variante de Oyambre

Ecologistas en Acción lo califica de "escándalo político y judicial"
Parque Natural de Oyambre (Cantabria)
Parque Natural de Oyambre (Cantabria)
EUROPA PRESS
Parque Natural de Oyambre (Cantabria)

El Gobierno de Cantabria ha decidido recurrir ante el Tribunal Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que anula la variante de Oyambre y condena a la Administración regional a la restauración de los terrenos afectados por las obras tras estimar parcialmente un recurso de Ecologistas en Acción.

El Gobierno regional ha presentado ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC, con fecha 22 de diciembre, un escrito de preparación de recurso ante el Tribunal Supremo, en el que alega hasta seis motivos de casación.

En una resolución fechada el pasado 22 de enero, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala notifica que se tiene por preparado el recurso y emplaza a las partes para su comparecencia e interposición del recurso dentro del plazo de 30 días ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

Ello después de que en un diligencia anterior, fechada el 6 de noviembre a la que también ha tenido acceso esta agencia, el TSJC notificara a las partes que "no cabe recurso alguno" contra la sentencia que anula la variante de Oyambre.

Tras la publicación de la sentencia, el pasado 31 de octubre, el Gobierno regional solicitó aclaración al TSJC sobre el alcance de la misma -al no tener claro si anula todo el proyecto-, y de la rehabilitación que se exige para reparar el daño. Así lo explicó el consejero de Obras Públicas el pasado 3 de diciembre en el Pleno del Parlamento, donde afirmó que en función de la respuesta se decidiría si se presenta recurso contra la anulación.

En el escrito remitido al TSJC el pasado 21 de diciembre, al que ha tenido acceso Europa Press, el Gobierno señala que la sentencia anulatoria "no se ajusta a derecho" y argumenta que es susceptible de recurso ante el Supremo al declarar nulo un proyecto cuyo coste supera los 600.000 euros (el presupuesto de licitación de las obras anuladas asciende a más de 2,1 millones de euros).

Ecologistas en acción

El representante de los grupos ecologistas en el Patronato del Parque Natural de Oyambre, Emilio Carrera, ha calificado de "escándalo político y judicial" la presentación de un recurso de casación por parte del Gobierno de Cantabria ante el Tribunal Supremo por la anulación de la variante de Oyambre cuando la sentencia del TSJC "hacia constar literal y explícitamente que la sentencia era

definitiva y no admitía recurso alguno".

Para Carrera, el recurso "agrava el impacto y el delito ambiental que supone no restituir la obra a su estado original -cuando hace ya casi dos años que lleva paralizada-, y pone evidencia el doble lenguaje del Gobierno de Cantabria, que "asume las negativas repercusiones del Gobierno anterior cuando le han venido acusando de aquellas decisiones tan negativas para Oyambre".

Emilio Carrera destaca, por último, que denunciarán esta situación ante el Ministerio de Medio Ambiente y las autoridades e instituciones europeas, "independientemente de las nuevas movilizaciones que acompañaran estos nuevos intentos de negarse a cumplir las sentencias de los Tribunales".

Seis motivos de casación

El Gobierno aduce, entre otros motivos de casación, que la sentencia "yerra" al considerar que la alternativa elegida, la variante este, no está debidamente justificada -uno de los motivos esenciales en los que se basa para anular el proyecto-, y sostiene que debe limitarse a verificar si la elección estaba motivada y constituye una opción adecuada ambientalmente.

Asimismo, la Administración alega que la sentencia no se pronuncia sobre la causa de inadmisibilidad del recurso que planteó al contestar la demanda, lo que supondría una "incongruencia omisiva"; y que el recurso de Ecologistas en Acción era "extemporáneo", pues el plazo para su interposición era de dos meses y se presentó "dos años más tarde".

De igual forma, argumenta que la sentencia "ignora" la prueba documental obrante en el expediente y las respuestas dadas por el perito a las aclaraciones formuladas en su momento por el Gobierno, lo que lleva a conclusiones "erróneas" como la inclusión de los Llaos en el ámbito territorial del LIC (Lugar de Interés Comunitario) Rías Occidentales y Duna de Oyambre.

Por otro lado, el Gobierno considera que la sentencia "interpreta incorrectamente" las directivas europeas sobre la declaración de LIC, ZEPA (zonas de especial protección para las aves) y ZEC y que "ignora no sólo su alcance, sentido y finalidad, sino también el procedimiento que ha de seguirse en la designación de estos espacios".

SENTENCIA

La sentencia del TSJC anula la resolución de octubre de 2008 del entonces consejero de Obras Públicas, José María Mazón, que aprueba el proyecto de mejora de la carretera de la ría Capitán a San Vicente de la Barquera en el tramo playa de Oyambre-Puente de la Maza, y la declaración de impacto ambiental.

Estas obras fueron paralizadas de forma cautelar por el TSJC en noviembre de 2010 al entender que podrían causar un "evidente daño o perjuicio" ambiental al entorno natural. En su sentencia, la sala señala que el proyecto afecta "de forma tangencial" al LIC Rías occidentales y duna de Oyambre, "invade" a lo largo de 100 metros el LIC en la playa de Merón y afecta a su sistema dunar, y también produce una afección "de intensidad alta" y un "impacto severo" en el humedal de Los Llaos, en el Parque Natural de Oyambre.

La sentencia añade que la alternativa elegida "no estaría debidamente justificada" y que la ponderación de los valores ambientales en juego "no es la correcta", ya que si bien se ha puesto como argumento de la alternativa elegida la recuperación de la duna terciaria interrumpida por el actual trazado entre la playa de Oyambre y la parte alta del campo de golf, su recuperación total no puede llevarse a cabo mientras la duna sea parte del campo de golf.

El TSJC entiende que el proyecto no consolida ni deja cerrada la recuperación total de la duna Zapedo ya que se limita a cambiar la trayectoria de la carretera antigua en cuanto afecta a la duna pero sin referencia alguna a la actividad pendiente de desarrollar para recuperar su vegetación, lo cual "echa por tierra parte de la finalidad del proyecto y la justificación de la alternativa escogida, lo que viene a justificar su ilegalidad".

El TSJC apunta además "una nueva irregularidad añadida al proyecto" al no haber sido informado por el Patronato del Parque Natural de Oyambre. La sentencia dictamina que el Gobierno tendrá que realizar un informe de afección y adoptar las medidas correctoras y compensatorias necesarias para garantizar la consecución de los objetivos de la Red Natura 2000.

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