Ni comprar, ni alquilar piso: la opción solidaria es la 'cesión de uso' de la vivienda

  • La propiedad de la casa es siempre de la cooperativa.
  • El piso no se puede vender ni realquilar, pero sí transmitirlo a familiares.
  • Se paga un depósito de entre 6.000 y 12.000 euros (que se devuelve al abandonarla) y una cuota mensual de 190 a 450 euros.
Bloques de viviendas en Madrid.
Bloques de viviendas en Madrid.
JORGE PARÍS
Bloques de viviendas en Madrid.

La crisis aguza el ingenio… y la solidaridad. En eso se basan las cooperativas de vivienda de 'cesión de uso'. Se trata de un modelo que triunfa desde hace décadas en Canadá y en países escandinavos y que ha desembarcado tímidamente en España. En concreto, en Cataluña y Extremadura, donde se plantea como un sistema para combatir la especulación del mercado de compra y alquiler.

En la 'cesión de uso' el cooperativista puede residir en la vivienda de forma indefinida, pero no la puede vender ni realquilar (sí transmitirla a familiares de primer grado). Eso se hace en los inmuebles impulsados por la asociación SostreCivic. Se trata de incipientes iniciativas sin ánimo de lucro que se están llevando a cabo en pequeños municipios de Cataluña, pero también en Andalucía y País Vasco.

Sin las ataduras de la hipoteca

Sus residentes han de pagar un depósito para acceder a la casa (que se devuelve al abandonarla) de entre 6.000 y 12.000 euros de entrada. Después abonan una cuota de derecho de uso mensual que va de los 190 a los 450 euros.

Se trata de una opción más barata que la compra o el alquiler, donde los cooperativistas tienen derechos similares a los de un propietario sin las ataduras de una hipoteca, la presión por la posible pérdida de valor de su vivienda o la incertidumbre por la revisión del contrato de alquiler.

Habitual en Alemania o Dinamarca, país escandinavo donde un tercio de los habitantes acceden a la vivienda por este sistema, con la 'cesión de uso' la propiedad del inmueble –sea de nueva construcción o rehabilitada– es siempre de la cooperativa, que no se disuelve como ocurre en España una vez que se entregan las llaves. Se evita así que los pisos pasen a ser de los cooperativistas y entren de nuevo en la inflexible rueda del mercado libre.

Cataluña lo admite por ley

La financiación inicial para impulsar las cooperativas procede de entidades de banca ética o del Instituto Catalán de Finanzas, unas ayudas que luego se devuelven poco a poco gracias a los depósitos y cuotas recibidas de los cooperativistas.

La figura de la cooperativa de cesión de derechos de uso fue regulada por el Parlament de Cataluña en diciembre de 2006. Después, recientemente, la Ley de Derecho a la vivienda y el Plan de Vivienda 2009-12 introdujo la posibilidad de crear este tipo de cooperativas basadas en el 'derecho de uso'. Sin embargo, fuera de Cataluña, la legislación en otras comunidades autónomas y administraciones locales no es tan favorable.

Este galimatías normativo supone una gran hándicap ya que en muchos casos se requiere que los consistorios cedan temporalmente el suelo en los que levantar viviendas –que seguirá siendo público– o los edificios a rehabilitar para convertir en viviendas.

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