Se queda sin la custodia de su hijo y sin casa por su horario laboral, aunque ahora está en paro

Las claves:
  • Si no se va de casa será desahuciada.
  • Finaliza así el juicio de divorcio, iniciado al denunciar ella a su marido por maltrato psicológico.
  • El niño prefiere estar con su madre.

Una mujer de Guadalajara se ha quedado sin la custodia de su hijo y sin su casa por poseer "un horario laboral más extenso y disperso que lo hace difícilmente compatible con estar con el niño en actos como la comida diaria".

Eso es lo que ha alegado su ex mujer ante la Audiencia Provincial de Guadalajara, que ha dictado esta sentencia de divorcio.

Guillerma Calderón trabaja por horas cuidando niños para una empresa subcontratada por el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares y subvencionada por la Junta de Castilla-La Mancha.

Ahora deberá abandonar su casa y a su hijo, o será desahuciada por el Juzgado.

Un divorcio traumático

La sentencia de la Audiencia alcarreña pone fin al juicio de divorcio iniciado hace tres años por esta mujer contra su marido por supuestos malos tratos psicológicos.

"Lo que nunca pude imaginar es que, siendo yo la víctima, los tribunales decidieran que por no tener un empleo estable no tenga derecho a la custodia de mi hijo y a la vivienda familiar", explicó Calderón.

Precisamente Guillerma acaba de quedarse en el paro y, al no contar con ningún familiar en la provincia de Guadalajara, asegura no saber "si voy a tener un sitio para dormir cuando me echen de casa".

De acuerdo con el texto de la sentencia, que confirma otra anterior del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Guadalajara, "los criterios legales para conferir la guarda y custodia a uno de los progenitores han cambiado a la luz de la igualdad -entre hombres y mujeres- proclamada por la Constitución".

Por su estabiliadad emocional

Por ese motivo, la Audiencia estima que se ha de velar por el interés del niño y buscar cuál de los dos miembros de la pareja ofrece más estabilidad al desarrollo emocional del menor.

El tribunal también acepta los fundamentos del Juzgado número 5 de Guadalajara, que estimaba que la mujer podía ser llamada a cuidar niños ajenos a cualquier hora del día o de la noche, lo que podría provocar la desatención de su propio hijo.

Sin embargo, afirman, el horario del padre, que concluye a las tres de la tarde, le permite acompañar a su hijo a la hora de comer y a la hora de hacer los deberes con él, algo imposible que haga la madre "por su horario más extenso y diverso".

La Audiencia no ha tenido en cuenta las declaraciones efectuadas por el niño, de 12 años, que señalaba que prefería estar con la madre pues "no siempre aquello que el niño quiere es lo que le conviene".

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