Conducción: Circular de forma temeraria y «con desprecio a la vida» supone penas de dos a cinco años de cárcel, además de la privación del derecho a conducir un vehículo por un período de seis a diez años.
Negarse a pasar un control de alcoholemia puede suponer entre tres y seis meses de prisión.
Menores: Entre tres y cinco años por abusar de un niño, y entre uno y cinco por inducir, promover o facilitar la prostitución. Si el menor no alcanza los 13 años, la pena se aplica en su mitad superior.
Corrupción: En este apartado, la reforma estipula penas de tres a seis años de cárcel (actualmente la mínima es de dos años) para aquel funcionario que acepte retribuciones o favores, quien también será suspendido de empleo hasta 12 años. En el caso de cargos públicos, serán suspendidos por espacio de uno a tres años. Las mismas penas recaerán sobre el particular que ejerza esta presión.
Inmigración: El Código elimina la obligación de los jueces de expulsar a todo inmigrante ilegal con penas de menos de seis meses. El repatriado no podrá volver a España en un plazo de tres a diez años y se archivará todo trámite de legalización para residir en el país.
Pirómanos, castigo penal
La Xunta de Galicia demandará en su próximo encuentro con el ministro de Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, un endurecimiento de las penas en el Código contra aquellos que provoquen incendios.
Nuevos delitos, nuevos problemas
El secretario de Estado de Justicia, Luis López Guerra, defendió la reforma por incorporar nuevos delitos que harán frente a los problemas sociales que se desconocían «cuando se aprobó el de 1995».
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