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Absuelven a un hombre de violencia de género aunque golpeó a su mujer en la boca

Sala de un juzgado
Sala de un juzgado. (ARCHIVO)
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  • La absolución la ha dictaminado la Sección Tercera de la Audiencia de Murcia.
  • Los hechos tuvieron lugar el 28 de julio de 2009.
  • El acusado agredió a su mujer delante de varios testigos en un locutorio.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia ha revocado la pena de seis meses y un día de cárcel a un individuo que había sido condenado por golpear a su esposa en la boca, por entender que no concurre una situación de dominación, denigración o subyugación del hombre hacia la mujer.

La mujer tuvo que ser atendida en un hospital de MurciaSegún el relato de los hechos probados de la sentencia, el suceso tuvo lugar el 28 de julio de 2009, cuando el acusado coincidió en las inmediaciones de un locutorio ubicado en el Barrio del Carmen de Murcia con su esposa, de la que llevaba separado de hecho desde hacía dos meses.

Tras una breve discusión, el acusado golpeó a su mujer en la boca causándole una contusión en el labio superior de la que fue asistida en el Hospital General Universitario Reina Sofía, tras presentar denuncia en dependencias policiales, según recoge la sentencia.

Por estos hechos, el Juzgado de lo Penal número 2 de Murcia condenó al acusado como autor de un delito de lesiones en el ámbito familiar a la pena de seis meses y un día de prisión, así como prohibición de aproximación a su mujer, acercamiento a su domicilio, a sus lugares de trabajo y a cualquier otro frecuentado por aquélla, a una distancia no inferior a 500 metros.

Tendrá que pagar una multa

Sin embargo, el acusado presentó un recurso en tiempo y forma contra esta sentencia que fue admitido a trámite y estimado parcialmente por la Audiencia Provincial, que decidió finalmente revocar parcialmente el fallo dejando sin efecto la condena por delito de violencia de género y sustituyendo dicha calificación jurídica por la de falta de lesiones.

Pagará una multa de un mes a razón de tres euros al díaLa Audiencia ha impuesto por ello al acusado una pena de multa de un mes con cuota diaria de tres euros, lo que hace un total de 90 euros y, caso de impago de la misma, previa excusión de bienes, a una responsabilidad personal subsidiaria equivalente a un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias insatisfechas.

En este caso, la Audiencia justifica que se trata de valorar el origen de la discusión inicial que muchas veces precede al acto de maltrato o, en definitiva, rebuscando debidamente en la auténtica causa que originó la situación específica de maltrato o de violencia de género que es objeto de ese enjuiciamiento penal específico, tomando en consideración, cuando sea posible, los actos anteriores, coetáneos y posteriores al suceso.

La Audiencia estima que, en este caso concreto, ese elemento de dominación "no aparece por ningún sitio". Por tanto, considera que "debe decaer la condena por delito y ser sustituido por una falta de lesiones".

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71 Comentarios
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2 Comentario oculto Leer comentario
fox terrier
2
Avatar de fox terrier
fox terrier, 25.01.2012 - 14.44h

    En España es hora de ir cambiando el codigo penal obsoleto con sentencias ridiculas ¿golpear a una persona no es violencia? ¿en un locutorio?

    De verdad que no entiendo como la gente llega a estos extremos ,se puede discutir pero cuando un hombre o una Mujer te pone encima la mano,

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    3 Comentario oculto Leer comentario
    mestanti
    3
    Avatar de mestanti
    mestanti, 25.01.2012 - 14.44h

      Indignación feminazi en

      3,2 ,1....

      Ya no puede recibir valoraciones +5
      6 Comentario oculto Leer comentario
      MUUUUU
      6
      Avatar de MUUUUU
      MUUUUU, 25.01.2012 - 14.46h

        Cada vez hacéis lo de tratar de provocar con los titulares. Ya dáis hasta risa.

        Ya no puede recibir valoraciones +11
        8 Comentario oculto Leer comentario
        italeri
        8
        Avatar de italeri
        italeri, 25.01.2012 - 14.51h

          #2 Nadie ha dicho que no sea un acto violento o que no haya habido agresión. Lo que han dicho es que no violencia de género, que es muy diferente.

          Ya no puede recibir valoraciones +22
          9 Comentario oculto Leer comentario
          usuaria
          9
          Avatar de usuaria
          usuaria, 25.01.2012 - 14.52h

            No habrá en esta tierra nadie que crea menos en la justicia que yo. Pero ... que facilmente juzgamos las acciones por lo que parecen y no por lo que son. Que no digo que el tío no sea un capullo, pero lo cierto es que a mi hermana la agredió una chica bastante mayor que ella y la condena fue menor que la de este tío. Lo que tampoco podemos hacer es ponerle más pena por el hecho de que sea un hombre. Ni sabemos en qué términos se desarrolló la discusión. No digo que la culpa sea de uno ni de otro, digo que tendemos a juzgar con pocos datos y no me parece que esté bien.

            Ya no puede recibir valoraciones +21
            12 Comentario oculto Leer comentario
            Nalle
            12
            Avatar de Nalle
            Nalle, 25.01.2012 - 15.01h

              Habrá que saber todos los detalles antes de opinar. Pero para mi (así me han educado, y quizás sea machismo) un hombre no pega a una mujer. Si lo ha pegado ahora... ¿que pasará la próxima vez?

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              16 Comentario oculto Leer comentario
              Jhuber
              16
              Avatar de Jhuber
              Jhuber, 25.01.2012 - 15.12h

                #15 Princesa, yo soy español, de padres españoles, abuelos españoles, etc, solo tengo un tatarabuelo griego por parte de madre (no se si por eso me consideraras extranjero), y vamos, he usado mil veces locutorios de punto, principalmente porque son mas baratos que llamar con móvil.

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                18 Comentario oculto Leer comentario
                mokujin
                18
                Avatar de mokujin
                mokujin, 25.01.2012 - 15.16h

                  Pegar a una mujer no tiene que ser violencia de genero de la misma manera que pegar a un gay no tiene que ser homofobia. Si alguien pega a un gay por serlo, es homofobia. Si se caga en mi madre y yo le parto la cara, que sea gay no tiene nada que ver con lo ocurrido. Las circunstancias son fundamentales para que un juez decida.

                  Ya no puede recibir valoraciones +19
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                  Tentación
                  20
                  Avatar de Tentación
                  Tentación, 25.01.2012 - 15.21h

                    Qué difícil es distinguir, en la práctica, una situación de violencia sobre una mujer de una situación de violencia sobre una mujer por el hecho de ser mujer. Todos sabemos las especiales cararcterísticas que envuelven los casos de violencia en el hogar, el prototito de hombre que lo lleva a cabo, la finalidad de acorralar, vejar, humillar, hacer debil a la víctima, como una presa a la que se va acorralando poco a poco hasta que la tienen a su merded. Entiendo que este tipo de sentencias pueden ser polémicas, pero se ajustan a un correcto aplicamiento del Derecho.

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                    21 Comentario oculto Leer comentario
                    ironhand
                    21
                    Avatar de ironhand
                    ironhand, 25.01.2012 - 15.33h

                      #18

                      +1000 a eso.

                      Ahora si una ex tuya te ve con otra (lo más natural, es tu ex) y te agrede intentando sacarte los ojos (por ejemplo), tu la empujas en defensa propia y porque se despelleje una mano al caer ya es violencia de género según la ley.

                      Es lo que dice #20, no en todas las situaciones es violencia, y eso es cosa del juez decidir. Lo que me parece de vergüenza es que si un hombre pega un cachete es un maltratador y si una mujer pega con un bate de baseball, tienes suerte si la acusan de agresión con premeditación, que por lo general se queda en delitos de falta.

                      ¡NO AL FEMINAZISMO Y A L@S MALTRATADOR@S, SI A LA IGUALDAD DE VERDAD!

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