El Gobierno aprueba un proyecto de nuevo reglamento para el Mercado de Venta Ambulante

El Gobierno de Zaragoza ha aprobado en su reunión de esta mañana el Proyecto del nuevo Reglamento Regulador del Mercado de Venta Ambulante de Zaragoza, que se ha elaborado en colaboración por la Junta de Mercado del Venta Ambulante de Zaragoza. Su última redacción fue consensuada en la reunión del 4 de julio de 2011.
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El Gobierno de Zaragoza ha aprobado en su reunión de esta mañana el Proyecto del nuevo Reglamento Regulador del Mercado de Venta Ambulante de Zaragoza, que se ha elaborado en colaboración por la Junta de Mercado del Venta Ambulante de Zaragoza. Su última redacción fue consensuada en la reunión del 4 de julio de 2011.

Este Reglamento tiene como finalidad establecer el régimen jurídico al que queda sometida la actividad de venta ambulante en Zaragoza, mediante la fijación de los requisitos necesarios para su ejercicio, las condiciones de su desarrollo, las condiciones de las autorizaciones, los procedimientos de adjudicación, el régimen y funciones de la Administración y de la Junta del Mercado así como la determinación del régimen sancionador aplicable por el incumplimiento de sus prescripciones. Todo ello, lógicamente, de conformidad con lo establecido en la normativa reguladora de la actividad comercial en Aragón.

En este nuevo Reglamento se actualiza el actualmente vigente, aprobado el 26 de julio de 1996, adaptándolo a los cambios producidos en los últimos años (nuevo emplazamiento, nuevas condiciones de licencias y de la actividad, existencia de la Junta de Mercado, entre otros).

Además, y como aspecto más destacado, el nuevo Reglamento incluye su adaptación a la nueva normativa europea surgida de la Directiva 2006/123/CE, relativa a los servicios en el mercado interior, cuya trasposición al derecho interno ha obligado, entre otras, a la modificación de aspectos del régimen de la venta ambulante o no sedentarias.

Entre sus normas destaca la que regula la vigencia de las licencias, que hasta ahora era prorrogada anualmente, tendrán ahora una duración de 10 años (no obstante, en caso de inversiones que lo justifiquen podrá ser un plazo de vigencia mayor), tras los cuales se realizará un procedimiento de licitación de pública concurrencia.

De forma excepcional, las licencias anuales existentes a la entrada en vigor de este Reglamento quedarán automáticamente convertidas en licencias con un plazo de vigencia de 15 años, contados a partir del 1 de enero de 2012.

También destaca que se establece que el titular de una licencia la pueda transmitir con total libertad, siempre y cuando el nuevo titular cumpla las condiciones exigidas en este Reglamento.

Asimismo, se amplía la regulación de la Junta de Mercado, órgano consultivo de representación y participación de los vendedores en la gestión del mercado, sirviendo de canal para la exposición de las necesidades y aspiraciones de los comerciantes ante la administración municipal, y permitiendo la acción coordinada de ambos en beneficio del mejor funcionamiento del Mercado.

Una vez aprobado este proyecto por el Gobierno de Zaragoza, tras el plazo para los votos particulares de todos los grupos municipales, deberá ser aprobado inicialmente tanto en Comisión como, luego, en el Pleno Municipal; debiéndose someter a información pública por un plazo mínimo de 30 días, antes de su aprobación definitiva por el Pleno municipal.

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