M.Junta prevé emitir 44.500 toneladas menos de CO2 al año con el reglamento de contaminación lumínica

La Consejería pone a disposición de los municipios "una guía concreta, detallada y práctica" para aplicar el texto
Vista Nocturna Del Nuevo Ascensor De San Juan
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EUROPA PRESS/METRO DE SEVILLA
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La Junta de Andalucía prevé reducir hasta 44.500 toneladas de Dióxido de Carbono (CO2) al año con el Reglamento para la protección de la calidad del cielo nocturno frente a la contaminación lumínica y el establecimiento de medidas de ahorro y eficiencia energética, aprobado por el Consejo de Gobierno el 3 de agosto de 2010, "a pleno rendimiento", esto es, a partir de 2013.

De esta manera, el objetivo de este reglamento, consecuencia de la Ley de Gestión Integral de Calidad Ambiental —Ley GICA—, es emitir unas 44.500 toneladas de CO2 menos al año cuando esté "a pleno rendimiento", un dato equivalente a la contaminación de los coches que hay en una ciudad de 40.000 habitantes, según han informado fuentes de la Consejería de Medio Ambiente a Europa Press. Así, se espera que a partir 2013 esté "a pleno rendimiento", esto es, una vez que los ayuntamientos andaluces obtengan la Ordenanza Tipo realizada por la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), elaboren las ordenanzas propias y las pongan en marcha.

En este sentido, las mismas fuentes han explicado que, a la Ordenanza Tipo Municipal, elaborada por la FAMP por obligación del Reglamento, el departamento de José Juan Díaz Trillo también ha cumplido con su cometido elaborando la Guía Técnica Lumínica para "una correcta aplicación" del Reglamento. Una herramienta "eminentemente práctica" dirigida a los profesionales y a los ayuntamientos para que diseñen un sistema público de alumbrado "acorde con la realidad del municipio".

"El concepto de contaminación lumínica es un concepto relativamente novedoso", han afirmado por lo que es "razonable" que los ayuntamientos cuenten con una guía técnica para poder aplicar el Reglamento, que tienen que ser aplicados por los municipios como Decreto aprobado por el Consejo de Gobierno.

"La Guía Técnica Lumínica es texto práctico a disposición de los ayuntamientos, basada en la concreción y en el detalle, muy práctica", han resaltado las fuentes de la Consejería. Asimismo, la guía recoge un análisis "concienzudo" de la normativa vigente en el ámbito nacional y autonómico; las actuaciones para llevar a cabo en el alumbrado y las herramientas para la aplicación del reglamento.

En este sentido, ha precisado que mientras la normativa estatal hace hincapié "solo en la eficiencia energética, la autonómica además aborda la contaminación lumínica por la iluminación inadecuada". Además, la guía recoge las previsiones de la normativa, tanto estatal como europea, para que los ayuntamientos "no tengan que verse obligados en poco tiempo a repasar las luminarias".

Por otro lado, fuentes del departamento de José Juan Díaz Trillo han explicado que existen dos vías para que los ayuntamientos puedan acceder a ayudas y subvenciones para las reformas en las luminarias municipales; a través del programa Ciudad Sostenible, denominado anteriormente Ciudad 21, y con los Planes de Acción de Energía Sostenible, dentro del Pacto de los Alcaldes, promovido también por la Consejería, que dentro de las actuaciones en materia de eficiencia energética incide en las luminarias públicas.

El Reglamento otorga a los municipios las competencias para "hacer y deshacer" en los cascos urbanos, mientras a la Junta de Andalucía le corresponde, según aparece recogido en la Ley GICA, las Zonas E1, espacios oscuros que en "un 99,9 por ciento son espacios naturales protegidos dentro del término municipal".

En este sentido, los municipios tiene que distinguir en sus ordenanzas las Zonas de E2, E3, E4, dependiendo del grado de oscuridad de las mismas. En cuanto a las sanciones, las mismas fuentes consultadas por Europa Press han precisado que "éstas son competencias de los consistorios, y las Zonas E1 de la Consejería de Medio Ambiente". Aunque la Ordenanza Tipo Municipal de la FAMP comprende multas de 250 a 750 euros, las fuentes han indicado que "cualquier municipio puede multiplicar esta sanción por diez".

HASTA 60.000 EUROS

Mientras tanto, la Consejería de Medio Ambiente puede imponer sanciones de hasta 60.000 euros por infracciones en las Zonas E1, según queda contemplada en la Ley GICA.

Por último, desde el departamento de José Juan Díaz Trillo han resaltado que después de mucho trabajo y reuniones "han sido capaces de manera pionera en España de elaborar un reglamento y, junto con FAMP, una Ordenanza Tipo y una Guía Técnica, referencia en el Estado español".

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