Un juzgado avala la resolución del CAA que advertía de "falta de pluralismo" en 'Onda Cádiz'

El juzgado de lo contencioso-administrativo número 5 de Sevilla ha resuelto desestimar el recurso interpuesto por el operador local 'Onda Cádiz' ante una resolución del Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) en la que advertía a esta televisión municipal sobre su "falta de pluralismo político y emisión de publicidad institucional".

El juzgado de lo contencioso-administrativo número 5 de Sevilla ha resuelto desestimar el recurso interpuesto por el operador local 'Onda Cádiz' ante una resolución del Consejo Audiovisual de Andalucía (CAA) en la que advertía a esta televisión municipal sobre su "falta de pluralismo político y emisión de publicidad institucional".

Según la sentencia, de la ha informado este miércoles en rueda de prensa la presidenta del CAA, Emelina Fernández, los hechos se remontan al 2007, año en el que el Consejo emitió una resolución advirtiendo a 'Onda Cádiz' de "falta de pluralismo político" en las retransmisiones de sus informativos y programas televisivos.

Ante ello, 'Onda Cádiz' formalizó una demanda en la que solicitaba que se declarase "nula" la resolución del CAA y que, además, este órgano manifestase públicamente que el operador, "en ningún caso, había incurrido en el incumplimiento de este principio". Para ello, alegó que el CAA había realizado un "análisis parcial y fragmentario de la programación" y que vulneraba "el principio de libertad de información y de libertad periodística". En su defensa, 'Onda Cádiz' también argumentó que existía un "tratamiento igualitario y cobertura de todos los eventos del Partido Socialista" y que respetaba "el pluralismo político e informativo en la cobertura electoral".

Sin embargo, la juez asegura en la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, que comparte "el razonamiento expuesto" por el CAA para explicar el porqué de su conclusión de que 'Onda Cádiz' no cumple con la premisa del pluralismo político. Este razonamiento se basa, entre otros aspectos, en que el carácter fragmentario del estudio responde a la necesidad de circunscribir el universo del mismo a los límites cronológicos señalados por el periodo electoral, ya que en mayo de 2007 se celebraron elecciones municipales y, una vez iniciada la campaña, el órgano competente para resolver cualquier asunto sobre publicidad o propaganda electoral es la Junta Electoral Central, no el CAA. Así, el pleno del Consejo decidió limitar el estudio de 'Onda Cádiz' al periodo comprendido entre el 9 y el 16 de enero de 2007 para los informativos, y a las semanas que van del 22 al 28 de enero y del 19 al 25 de febrero del mismo año, para las parrillas de programación.

Por otro lado, la magistrada coincide con el Audiovisual en que, una vez examinados los 75 folios de la resolución del CAA recurrida por 'Onda Cádiz', la advertencia de la "falta de pluralismo político" es "ajustada a derecho". No en vano, admite la juez entre otras conclusiones, "la actualidad política municipal es el ámbito informativo más destacado por el operador", "el cien por cien de la información de interés institucional municipal se identifica exclusivamente con la imagen del Equipo de Gobierno, sin que la oposición aparezca en ningún momento" y "el 85 por ciento de las referencias a la institución municipal se acompañan de la aparición focalizada con declaraciones a cámara de algún representante del Gobierno municipal".

Además, prosigue la juez haciendo suyos los planteamientos del CAA, "la alcaldesa, doña Teófila Martínez, ocupa la mayor cuota de pantalla con 13 apariciones durante más de 9 minutos y medio, lo que supone un 18,1 por ciento del total de apariciones de actores sociales y políticos (...) seguida, en orden de importancia, de don José Blas Fernández, teniente de Alcaldía y delegado de Hacienda, que aparece en ocho ocasiones (11,1%) y de doña Mercedes Colombo, teniente de Alcaldía y responsable del Área de Familia, con cinco apariciones (6,9%)". Igualmente, reconoce que "en ninguna de las 128 piezas informativas analizadas se ofrecen opiniones alternativas a las del equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Cádiz mediante la técnica de la focalización directa". Tampoco en el programa 'Tu Ayuntamiento' aprecia el CAA que se refleje una visión plural de la gestión municipal.

Por todo ello, la juez ha considerado la resolución del Consejo Audiovisual como "ajustada a derecho, no apreciándose vulneración del principio de libertad de información y de libertad periodística en la medida en que la misma se ha dictado en el ámbito de las funciones del CAA (...), limitándose a advertir al operador de la necesidad de respetar el pluralismo político y a dar traslado de la resolución al Pleno de la Corporación Municipal".

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