La sala ha acordado esta medida que había sido demandada por la defensa de la mujer, sin la oposición del Ministerio Fiscal, aunque con la disconformidad de la acusación particular, que se oponía a la suspensión.
El auto alude a "la falta de dedicación habitual a actividades criminales", así como a la ausencia de antecedentes policiales y penales y a "las especiales circunstancias personales" de la condenada. A este respecto, señala que ha de "atender a la familia, en concreto a su esposo, que padece una grave enfermedad desde hace años".
En este mismo sentido, apela a "la reinseción como finalidad de la pena" y apunta el "riesgo de que un ingreso en prisión pueda tener indeseados efectos en el curso evolutivo del tratamiento médico que la penada sigue para su enfermedad mental".
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