Condenan a una clínica por provocar secuelas oculares a un paciente operado

  • Una intervención para remediar el astigmatismo hipermetrópico que sufría le dejó deformidades en la córnea y un descenso en la agudeza visual.
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La Audiencia Provincial ha condenado al Instituto Oftalmológico de Alicante Vissum como responsable de las secuelas oculares en un paciente, al que se le practicaron varias intervenciones quirúrgicas que le produjeron deformidades en la córnea y un descenso de la agudeza visual.

La sentencia, facilitada hoy por la Asociación Defensor del Paciente, estima el recurso interpuesto por la víctima contra el fallo dictado por el juzgado de primera instancia número 9 de Alicante, en el que eximía de responsabilidad a la empresa, e impone a la entidad médica el pago de las costas procesales de esa vista.

Asimismo, pospone la determinación de un pronunciamiento expreso sobre la cuantía de la indemnización que el centro oftalmológico deberá abonar al afectado y lo emplaza a un proceso posterior.

El tribunal considera hechos probados que el demandante contrató con esta clínica la realización de una intervención de cirugía refractiva para remediar su astigmatismo hipermetrópico mediante la técnica "Lasik", por un importe de 3.000 euros.

Del 10 de septiembre de 1996 al 16 de mayo de 1997, se le practicaron "tres intervenciones en el ojo izquierdo", la última de las cuales le causó "cortes corneales defectuosos", mientras que en el ojo derecho se le realizaron dos operaciones que le ocasionaron "diversos cortes irregulares en la córnea".

Estas intervenciones produjeron en la víctima la "aparición de cicatrices y deformidades en la córnea, con una significativa bajada de la agudeza visual respecto a su estado inicial", recoge la sentencia.

El tribunal señala que, según los informes médicos referidos al estado del paciente antes de las operaciones, éstas "no eran necesarias ni inexcusables para su vida o su salud, sino únicamente encaminadas a la corrección de los defectos de graduación óptica" y "más cerca de la medicina voluntaria o satisfactiva", "sugestionada" por la publicidad del centro oftalmológico.

Asimismo, destaca la "incorrección" de los "estudios preparatorios" que se le practicaron al demandante, pues en ello "no aparece ninguna contradicción con la cirugía", mientras que el director médico de esta entidad, Jorge Alió, justificó los problemas que se habían producido durante las intervenciones por la "constitución facial del paciente o los blefarospasmos que sufría".

De ser así, indica el auto judicial, "los estudios preparatorios deberían de haberlo puesto de manifiesto", lo que a juicio del tribunal revela una "negligencia y descuido en la actuación de los profesionales" médicos.

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