El fiscal pide prohibir los actos de la comparsa Kaskagorri en las fiestas de Bilbao porque enaltecen el terrorismo

El fiscal de la Audiencia Nacional Jesús Alonso ha solicitado la prohibición de los actos que la comparsa Kaskagorri tienen previsto desarrollar en las fiestas de Bilbao al considerar que tienen el objetivo de enaltecer y honrar a miembros de la organización terrorista ETA, informaron fuentes del Ministerio Público.

El fiscal de la Audiencia Nacional Jesús Alonso ha solicitado la prohibición de los actos que la comparsa Kaskagorri tienen previsto desarrollar en las fiestas de Bilbao al considerar que tienen el objetivo de enaltecer y honrar a miembros de la organización terrorista ETA, informaron fuentes del Ministerio Público.

En un escrito dirigido al juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu, que tomará una decisión al respecto este jueves, el fiscal explica que el brindis y la comida organizados por la comparsa "en honor de los represaliados" tiene como único objetivo "exaltar las actividades de presos de la banda y terroristas que se encuentran huidos o fugados".

Alonso también recuerda que en los años 2010 y 2009 los responsables de Kaskagorri fueron investigados por exhibir en la 'txozna' (caseta) de la comparsa varias fotografías de etarras. De hecho, el Ayuntamiento de Bilbao sancionó a este grupo y le prohibió su presencia en la Aste Nagusia de este año y el anterior por vulnerar la ordenanza de fiestas.

Brindis y comida

La petición de la Fiscalía se produce a instancias de la asociación de víctimas Dignidad y Justicia (DyJ), que solicitó la prohibición de un brindis y una comida con familiares de presos programados para este jueves y el viernes, respectivamente.

En el escrito registrado en la Audiencia Nacional, al que ha tenido acceso Europa Press, la asociación recuerda que los actos programados por Kaskagorri se repiten año tras año desde 2005 y son utilizados por las organizaciones del entramado terrorista de apoyo a ETA para enaltecer los fines de esta organización, por lo que constituyen delito y deberían ser prohibidos.

A juicio de DyJ, la convocatoria de dichos actos no puede enmarcarse dentro del derecho de reunión o de manifestación, tal y como se recoge en autos dictados en anteriores ocasiones por la Audiencia Nacional que los prohibieron.

Sentencia del tribunal supremo

Recuerda también el escrito que el propio Tribunal Supremo estableció en 2009 que existe enaltecimiento (penado por el Código Penal) en el homenaje a personas "que se encuentran en prisión desde hace años cumpliendo importantes penas por la comisión de concretos delitos de terrorismo por medio de la exhibición de sus fotos".

Por ello, la asociación que preside Daniel Portero solicita a la Audiencia Nacional que libre oficios a la Unidad Central de Inteligencia (UCI), al Servicio de Información de la Guardia Civil y a la Policía Autonómica Vasca, "para que en su mayor urgencia se emitan informes sobre la hechos relatados en este escrito y acreditados tales extremos, se prohíban todos estos actos, por ser constitutivos de un acto de enaltecimiento del terrorismo tipificado en el art. 578 del Código Penal".

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