El TAS consideró que los resultados obtenidos en los análisis efectuados en las muestras de orina no pueden considerarse válidos por las irregularidades cometidas por el laboratorio antidopaje de Atenas. "Los defectos e irregularidades que se alegan tienen un alcance real sobre los efectos y el resultado del análisis", concluye.
Además, el TAS ha condenado a la Real Federación Española de Ciclismo a pagar a Aketza Peña 3.000 francos suizos para contribuir a los gastos que ha tenido el corredor en su defensa.
El 24 de abril de 2007, el ciclista fue sometido a un control de dopaje en el Giro del Trentino. Tras la comunicación del resultado de la muestra A, el corredor fue obligado a abandonar su participación en el Giro de Italia y fue apartado del equipo Euskaltel-Euskadi en aplicación del código ético de los equipos. A partir de ese momento, Aketza Peña no volvió a participar en ninguna carrera ciclista profesional.
Como consecuencia de estos hechos, Aketza Peña se ha visto obligado a abandonar su carrera deportiva, por lo que los daños económicos y morales causados a este corredor son incalculables.
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