El juez rechaza imputar al constructor en la causa por las muertes del derrumbe en el Cabildo

La causa del desplome fue un mal diseño de la cimentación que incumplió las recomendaciones geotécnicas previas
Derrumbe de un edificio
Derrumbe de un edificio
EP
Derrumbe de un edificio

El Juzgado de Instrucción número 2 de Santander ha rechazado imputar al representante de la constructora Memecons en la causa abierta por las tres muertes que se produjeron hace dos años como consecuencia del derrumbe de un edificio por las obras en el de al lado en el santanderino barrio del Cabildo de Arriba.

La investigación por esta causa ya ha finalizado, y el mismo juzgado determinó que la responsabilidad por las muertes de Gumersinda, su hijo Jesús y Teodoro corresponde al ingeniero encargado de la obra de reforma en el inmueble contiguo al número 14 de la Cuesta del Hospital, en quien se vieron indicios de autoría de tres delitos de homicidio imprudente.

Sin embargo, la familia de los fallecidos pidió que se extendiera la responsabilidad al responsable de Memecons, y por eso recurrió el auto judicial que exculpaba a este, además de a otras cuatro personas (los tres propietarios del inmueble que se estaba rehabilitando, y el responsable de seguridad y prevención de riesgos laborales de la obra).

Ahora, el juez Miguel Ángel Agüero, señala que la causa del mortal desplome fue por que se diseñó un sistema de cimentación inadecuado respecto al terreno, incumpliendo las recomendaciones establecidas en el informe geotécnico previo.

Esta "negligente proyección", sostiene el juez, es imputable "sólo" al ingeniero redactor del proyecto, y no al constructor, que "carece de cualificación" tanto para la redacción como para su control.

Los familiares de las víctimas reclamaban también la imputación del constructor al considerar que debió haber ordenado paralizar la obra en cuanto aparecieron los primeros daños en los edificios de al lado, y porque además la ejecutó sin licencia municipal.

El juez les responde que la paralización de los trabajos es algo que le corresponde decidir al director de obra, que fue quien, al ver esos daños, ordenó el desalojo del número 14.

Y en cuanto a la falta de licencia, señala que aunque sea una cuestión que se pueda sancionar, corresponde a la vía administrativa.

El juez sí que admite que el constructor era el responsable de la colocación de los tornapuntas, utensilio que sirve para estabilizar muros, algo que se hizo mal. Pero en cambio rechaza que esta mala colocación provocara el derrumbe.

El ingeniero alegaba que la redacción del proyecto la hizo de forma conjunta con el responsable de seguridad, pero este declaró ante el juez que las decisiones sobre los temas que afectaban a la estructura no las tomaba él.

Responsabilidad del ingeniero

Además, el juez sostiene para insistir en la responsabilidad del ingeniero, que fue quien asumió en exclusiva la dirección de la obra en el número 12, que así le nombraron los promotores de la misma, que fue quien encargó el informe geotécnico y que fue quien realizó las principales gestiones, incluyendo las contrataciones.

Y también fue a quien los vecinos del número 14, el que se derrumbó, informaron de que habían aparecido grietas, y quien visitó el inmueble para comprobarlo, tras lo cual dio orden de desalojarlo. Pese al desalojo, en su interior se encontraban tres personas.

Por tanto, confirma lo que ya se había apuntado al finalizar la investigación e imputa al ingeniero tres delitos de homicidio imprudente, además de un delito de lesiones imprudentes y otro de daños imprudentes.

Todavía puede presentarse recurso ante esta decisión judicial, pero en este caso, ya ante la Audiencia Provincial de Cantabria. En tanto se resuelven estos posibles recursos, las partes podrán pedir las penas concretas y podría fijarse fecha para el juicio.

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