Cecan critica a la Cámara de Comercio por pedir a las empresas el pago de la cuota sin que sea obligatorio

La Cámara de Comercio precisa que existe un período de dos años de transición

La organización empresarial CECAN (Confederación de Organizaciones y Empresarios de Cantabria) ha criticado a la Cámara de Comercio de Cantabria por haber iniciado el proceso de petición de pagos de la cuota por pertenencia a este órgano a los empresarios, pese a que un decreto nacional recientemente aprobado establece que la pertenencia a las Cámaras ya no es obligatoria.

Es una situación que ha provocado el "asombro" de esta organización, al comprobar que la Cámara ha enviado lo que se denomina recurso cameral permanente, para su pago a los empresarios de la región, a los que ha pedido el ingreso de la cuota cameral.

"Tras la publicación del Real Decreto Ley 13/2010, quedó meridianamente claro que las cámaras dejaban de ser de pertenencia obligatoria para todas las empresas y que las cuotas no exigibles a fecha de publicación de la ley lo dejarían de ser desde ese mismo momento", sostienen.

Y recuerdan que la "única" excepción es la que afecta a las empresas sujetas al impuesto de sociedades, cuyo importe neto de cifra de negocios sea igual o superior a 10 millones de euros en el último ejercicio, en cuyo caso sí estarían obligados al pago del recurso cameral permanente, según se establece en el propio Decreto Ley.

Cecan ha lamentado que "de los lamentos iniciales, tras la aprobación de estas medidas por el gobierno, y que hablaban de un incierto futuro sobre la mayoría de las cámaras de comercio del país, se ha pasado, casi por arte de magia, a hacernos ver que aquí no ha pasado nada y que los empresarios debemos continuar pasando por caja.

Esta organización quiere "dejar bien claro" que desde el 1 de enero de 2011 "sólo aquellos empresarios que expresamente hayan manifestado su deseo de pertenecer a las cámaras se pueden considerar electores o miembros de las mismas, por lo que se podría aceptar la idea de que los actuales órganos de gobierno de las cámaras son en funciones" y, en consecuencia, no podrían tomar decisiones.

Período transitorio

En su página Web, la Cámara de Comercio explica que, efectivamente, tras la entrada en vigor de esta normativa, "únicamente serán miembros, y en su caso electores, de las Cámaras aquellas empresas que libremente lo decidan".

La baja, aseguran, se produjo de forma automática a principios de año, pero precisan que este Decreto establece un período transitorio de dos años durante el cual, si bien la pertenencia a las Cámaras es voluntaria, las empresas continúan sujetas al cumplimiento de sus obligaciones tributarias con las Cámaras, por lo que estas entidades siguen teniendo la obligación legal de efectuar el cobro del recurso cameral.

Y recalcan que pese a estos cambios la Cámara "sigue siendo una corporación de derecho público", manteniendo sus fines de representación, promoción y defensa de los intereses generales de todo el tejido empresarial.

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