El juicio contra el acusado de agredir sexualmente a una discapacitada de Medina se celebra el 27 de junio

Las acusaciones piden penas de entre 12 y 13 años de prisión

La Audiencia de Valladolid juzgará el próximo día 27 de junio a un joven de 25 años y origen rumano, M.C, que se enfrenta a una posible condena de entre 12 y 13 años de cárcel por un delito de agresión sexual presuntamente cometido en 2008 sobre una joven de 26, vecina de Medina del Campo (Valladolid) y discapacitada, la misma que fue objeto de abusos sexuales por parte de siete menores de la localidad y que ya fueron condenados hace tres años a distintas medidas por tales hechos.

La detención del imputado en la presente causa se produjo en el marco de las investigaciones seguidas hace tres años y que trataban de averiguar otra agresión sexual sobre esta misma joven de la que se hacía responsable a un medinense de 21 años, J.A.R.S, hermano de uno de los siete menores condenados pero que finalmente fue absuelto en noviembre de 2009 por la Audiencia vallisoletana al no poder probar que el procesado, con una inteligencia límite, fuera incapaz de apreciar la minusvalía de la víctima o la ilicitud de su conducta.

Sorprendentemente, fue durante el interrogatorio de la discapacitada un año antes, en la fase de instrucción, cuando la denunciante refirió haber sido objeto de otra violación por parte de un joven de nacionalidad rumana, M.C, de ahí que éste fuera detenido e imputado por tales hechos, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

Las acusaciones pública y particular consideran que los hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual y solicitan, respectivamente, 12 y 13 años de cárcel y el pago de indemnizaciones por importe de 3.000 y 18.000 euros en concepto de daños morales.

Según los acusadores, el rumano M.C, vecino también de Medina del Campo, en una fecha indeterminada pero anterior a la del 28 de noviembre de 2008 condujo hasta su domicilio a la víctima, con una minusvalía del 65 por ciento e incapacitada judicialmente por tal motivo, y con "ánimo lúbrico" la llevó a su habitación y allí la penetró vaginalmente, pese a la negativa reiterada de ella, que incluso con gritos mostró en todo momento su oposición. Sin embargo, el acusado, siempre según la versión de los acusadores, tapó la boca a la mujer violentamente y consumó el acto sexual.

Otro joven medinense, J.A.R.S, ya se sentó en 2009 en el banquillo de la Audiencia de Valladolid para responder de un delito de agresión sobre esta misma joven, si bien la Sala aplicó al joven una eximente incompleta y acordó absolverle a tenor de las contradicciones de la víctima, cuyo testimonio constituía la única prueba de cargo, con lo que no quedó acreditado que ambos llegaran a mantener relaciones sexuales.

En cualquier caso, y si tal contacto sexual se hubiera llegado a producir, el tribunal apuntaba que el fallo hubiera sido el mismo tomando como referencia el testimonio aportado por los peritos, quienes durante el juicio consideraron factible que el procesado, con una inteligencia límite, no fuera realmente consciente de la discapacidad de la joven.

En este sentido, y pese a que la víctima, de 26 años, sufre una minusvalía psíquica del 65 por ciento, la prueba pericial subrayó las dificultades existentes para apreciar a simple vista tal discapacidad, dada la integración social de la denunciante y su carácter desenvuelto, hasta el punto de que las psicólogas añadieron que incluso ello podría pasar desapercibido para cualquier persona sin una inteligencia superior a la media o para alguien que no fuera especialista en salud mental.

Por ello, la Sala, tras recordar que el procesado tiene un cociente intelectual de 77—se le considera borderline—, apuntaba que la propia víctima estaba más integrada socialmente que J.A.R.S. y que éste, dada su limitación, podía no ser consciente de la ilicitud de mantener relaciones sexuales con una discapacitada que no tenía capacidad plena para consentir.

Tanto el fiscal como la abogada que representó los intereses de la víctima y sus padres había solicitado, por el mismo orden, cuatro años y once meses y diez años de cárcel, en el caso de la acusación particular al considerar que el joven acusado pudo engañar a su patrocinada para que ésta consintiera—se le acusaba de haberla sometido a tocamientos en un bar y de obligarla a practicarle una felación en un descampado de Medina del Campo—y conocía de antemano la minusvalía de ella y se aprovechó de tal circunstancia.

Siete menores vecinos de Medina del Campo, de entre 14 y 17 años, entre ellos un hermano del joven absuelto, ya fueron juzgados en 2008 por estos hechos y condenados por abusos sexuales a distintas medidas de internamiento, libertad vigilada y tareas socioeducativas.

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