La Generalitat modifica la Ley de Turismo para "aclarar y unificar" la norma

La portavoz del Consell, Paula Sánchez de León, ha informado de que el Gobierno valenciano ha aprobado continuar con la tramitación del proyecto de Decreto legislativo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Turismo de la Comunitat Valenciana para "aclarar y unificar" el texto de la Ley de Turismo tras las modificaciones producidas por varias leyes de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera.

La portavoz del Consell, Paula Sánchez de León, ha informado de que el Gobierno valenciano ha aprobado continuar con la tramitación del proyecto de Decreto legislativo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Turismo de la Comunitat Valenciana para "aclarar y unificar" el texto de la Ley de Turismo tras las modificaciones producidas por varias leyes de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera.

Sánchez de León, tras el pleno del Consell, ha informado de que se ha tramitado un texto refundido en el que ha introducido a la Ley 3/1998 de Turismo las dos modificaciones de 2003 y 2009 y ha incorporado algunas novedades para adaptar la Ley a la coyuntura actual.

De este modo, se pretende dictar una norma en la que se encuentre consolidada la regulación establecida originariamente por la Ley junto con las dos modificaciones que ha sufrido el texto desde su promulgación. Asimismo este nuevo texto tiene también por objetivo regularizar, aclarar y armonizar ciertos preceptos del texto actualmente vigente.

Además, el nuevo texto recoge la adecuación del texto de la Ley de Turismo a los principios de la Directiva de Servicios. De este modo, se facilita el libre establecimiento de los prestadores de servicios en los estados miembros de la Unión Europea. Se facilita también la libre prestación de servicios en todos los estados miembros y se amplía la posibilidad de elección de los destinatarios de servicios.

Asimismo, este nuevo texto refundido recoge la simplificación de trámites administrativos sustituyendo la autorización previa de inicio de actividad por una comunicación/declaración responsable; además reduce la documentación a aportar por los interesados, adelanta la posibilidad de ejercer la actividad al momento de la presentación de la declaración responsable y pospone el momento de la inspección por parte de la administración.

NOVEDADES

Además de incorporar las modificaciones producidas en los años 2003 y 2009 haciendo uso de las facultades de regularizar, aclarar y armonizar los textos legales que se refunden, el texto refundido incorpora algunas novedades en la regulación de la actividad turística que no estaban incluidas en la anterior normativa.

Así el nuevo texto incorpora la regulación de los albergues juveniles o 'youth hostels' como una nueva modalidad de actividad de alojamiento turístico.

Además, en esta nueva iniciativa normativa se concreta la definición de las empresas turísticas de servicios complementarios, al especificar que para ser turísticas deben tener por objeto y actividad principal la realización de actividades consideradas por la Administración de interés para el turismo.

En el nuevo texto se cambia la referencia genérica de atribución de competencias: cuando la ley hace referencia a la 'Agència Valenciana de Turisme', el texto refundido se referirá a 'Conselleria con competencia en materia de Turismo' para adecuar dicha referencia a la estructura orgánica vigente.

Además, este texto refundido recoge en los artículos 53 y 61 que se actualizarán las cuantías de las sanciones y multas coercitivas, dentro de la regulación de la potestad sancionadora. Cabe señalar, en este sentido, que la Disposición Final Primera del texto en vigor, habilita para que las cuantías señaladas para las sanciones puedan ser revisadas y actualizadas por Decreto del Consell, en función de la evolución del índice de precios al consumo, actualización y revisión que no se había realizado desde la promulgación de la ley en 1998.

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