El TSJC avala el derecho del personal interino del SCS a la carrera profesional

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santander ha avaLado el derecho de una trabajadora interina del Servicio Cántabro de Salud (SCS) a percibir el complemento retributivo de la carrera profesional.

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Santander ha avaLado el derecho de una trabajadora interina del Servicio Cántabro de Salud (SCS) a percibir el complemento retributivo de la carrera profesional.

La denunciante presentó un recurso contra una resolución del SCS en la que desestimaba su solicitud de complemento de carrera, al interpretar el Gobierno que el acuerdo para el Personal Estatutario de las Instituciones Sanitarias se ceñía sólo al personal que había obtenido plaza en la oferta pública de empleo del año 2007.

El TSJC asegura que la redacción del acuerdo "en modo alguno" permite esa interpretación, y asegura que este derecho se extiende también al personal temporal que ya lleva más de tres años de servicio.

La sentencia ha sido promovida y hecha pública por el sindicato CSIF, que subraya que ha logrado así que los tribunales reconozcan "un derecho legítimamente demandado" por esta central.

Además, en un comunicado, CSIF lamenta que los dirigentes del Servicio Cántabro de Salud "obliguen a los trabajadores a recurrir a los Tribunales con la siguiente pérdida de tiempo y dinero para conseguir el reconocimiento de un derecho contemplado en los Acuerdos firmados".

La responsable del sector de Sanidad, Margarita Ferreras, ha manifestado que "CSIF continuará reivindicando el reconocimiento del complemento de Carrera Profesional para todos los profesionales que cumplan los requisitos pactados".

Y ha augurado que "a esta sentencia favorable la seguirán muchas más", por lo que ha exigido a los gestores del SCS que "reconozcan este derecho, pactado con los representantes de los trabajadores, sin obligar al personal a recurrir en la vía judicial".

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