TC anula el artículo 51 del Estatuto andaluz por fragmentar la gestión de la cuenca y asumir competencias del Estado

El Tribunal Constitucional (TC) ha hecho pública este jueves la sentencia que declara inconstitucional y nulo de pleno derecho el artículo 51 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, que reconoce a la comunidad competencias exclusivas sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir que discurren por la comunidad, por considerar que fija un "criterio fragmentador" de la gestión de la cuenca y asume competencias "que corresponden al Estado".
Fachada del Tribunal Constitucional (TC)
Fachada del Tribunal Constitucional (TC)
EP
Fachada del Tribunal Constitucional (TC)

El Tribunal Constitucional (TC) ha hecho pública este jueves la sentencia que declara inconstitucional y nulo de pleno derecho el artículo 51 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, que reconoce a la comunidad competencias exclusivas sobre las aguas de la cuenca del Guadalquivir que discurren por la comunidad, por considerar que fija un "criterio fragmentador" de la gestión de la cuenca y asume competencias "que corresponden al Estado".

En el texto de la sentencia del alto tribunal, de la que ha sido ponente el magsitrado Javier Delgado Barrio y a la que ha tenido acceso Europa Press, también se advierte de que el precepto 51 del Estatuto andaluz tiene una "inadecuación formal" para concretar el criterio territorial de delimitación de las competencias reservadas al Estado. (((

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