Absueltos los dos acusados por el caso de la Brucelosis de Palma del Río

La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba ha absuelto a los dos procesados por el caso de la Brucelosis que provocó en el año 1999 enfermedades a unas 100 personas de la localidad cordobesa de Palma del Río al consumir queso de cabra.

La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Córdoba ha absuelto a los dos procesados por el caso de la Brucelosis que provocó en el año 1999 enfermedades a unas 100 personas de la localidad cordobesa de Palma del Río al consumir queso de cabra.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, "no se ha probado" que estos dos acusados, Ignacio Moreno Miura y Ramón Ruiz López intervinieran en la fabricación y/o venta del queso fresco para el consumo público.

Añade la resolución que "solo se pueden estimar probados aquellos hechos que hayan acreditado con certeza las pruebas practicadas en el acto del juicio y las sospechas o incluso los indicios racionales permiten imputar en una causa penal pero no condenar". Por eso, "en la prueba penal rige el principio in dubio pro reo".

No obstante, aunque apunta que "está probado que las cabras no pasaron el control anual sanitario en el verano de 1998, que era cuando correspondía la revisión anual", añade que quien vendía el queso era Antonio Fernández Fernández, también acusado, pero que falleció en 2007.

De este modo, el juez considera que "no está probado" que Ignacio Moreno, asistido en el juicio por los letrados Luis Molero y Pedro Miguel González, del Despacho Garrigues, "fabricara o vendiera el queso de cabra", así como tampoco sobre Ramón Ruiz, ya que "nadie les ha visto vender queso y eso que han declarado en el juicio más de 100 testigos", destacando que los testigos sólo identificaban al inculpado fallecido.

De hecho, el ministerio fiscal retiró la acusación para Ignacio Moreno, administrador de la finca El Coscojal, a quien solicitó finalmente el pago de indemnizaciones, pero mantuvo los cargos para Ramón Ruiz, encargado de la finca, para el que solicitaba diez meses de prisión por un delito contra la salud pública por imprudencia.

Tras once años de declararse esta epidemia en Palma del Río, el juicio se celebró finalmente el pasado mes de febrero y aunque en su calificación provisional el fiscal pedía en un principio cuatro años de cárcel para cada acusado, finalmente la jueza ha decidido su absolución por falta de pruebas.

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