El nuevo decreto sobre residuos de la construcción y demolición se rige bajo el principio de "quien contamina, paga"

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado el decreto por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los Residuos de Construcción y Demolición (RCDs) en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado el decreto por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los Residuos de Construcción y Demolición (RCDs) en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El documento determina las pautas a seguir para la eliminación de los residuos de la construcción y se especifican los distintos tipos de residuos, y se recuerda de quién es la competencia de su eliminación y se establecen distintas herramientas para la gestión, como establecer una fianza obligatoria a la persona que genera los escombros.

De este modo, bajo el principio de "quien contamina, paga", cuando un constructor o un particular desea llevar a cabo una obra y solicita al ayuntamiento competente una licencia municipal, con este decreto tendrá, además, que pagar una fianza en función de la cantidad de residuos que prevé generarse.

La fianza, que sería depositada en el ayuntamiento hasta que se demostrara su buena gestión, sería devuelta al finalizar la obra. En caso contrario, sería ejecutada por el propio ayuntamiento.

En ese sentido, la directora general de Evaluación y Calidad Ambiental, María Pérez, ha destacado que el residuo es "de quien lo genera", y se considera productor de residuos de construcción y demolición, la persona física o jurídica que realice las actividades generadoras de residuos de construcción y demolición. En general, se tratará de la persona titular de una licencia urbanística.

En el caso de las obras de construcción y demolición que no precisen licencia urbanística, el productor será el propietario del inmueble objeto de dichas obras. Y también tendrá la consideración de productor, el importador o adquiriente en cualquier Estado miembro de la Unión Europea de residuos de construcción y demolición.

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