Los controladores analizan en asambleas en las distintas dependencias el laudo arbitral

El sindicato USCA, que agrupa al 97% de los 2.400 controladores que AENA tiene en plantilla, ha convocado al colectivo a reunirse en asamblea en las distintas dependencias y centros de control para analizar el laudo arbitral del II Convenio Colectivo dictado por Manuel Pimentel.

El sindicato USCA, que agrupa al 97% de los 2.400 controladores que AENA tiene en plantilla, ha convocado al colectivo a reunirse en asamblea en las distintas dependencias y centros de control para analizar el laudo arbitral del II Convenio Colectivo dictado por Manuel Pimentel.

Tras la renuncia de César Cabo como portavoz de USCA, será el portavoz del sindicato en Baleares, Javier Zanón, quién asuma esta labor.

Fuentes del sindicato explicaron a Europa Press que el objetivo de USCA es conocer de primera mano la opinión de los controladores sobre el laudo, tras analizar cómo afectará a las condiciones laborales y al funcionamiento en cada dependencia antes de emitir una postura oficial, lo que podría hacer a partir de mañana.

El presidente de USCA, Camilo Cela, expresó ya el lunes, tras conocer el laudo, su deseo de que "llegue la paz social y se recupere la normalidad" en las relaciones entre la empresa y los controladores, mientras que el presidente de AENA, Juan Ignacio Lema, confió en que contribuya a que el desarrollo del proceso de privatización de las torres de control se desarrolle en un clima de diálogo.

Según el laudo, la jornada máxima aeronáutica se establece en un máximo de 1.670 horas este año, frente a las 1.711 horas actuales, que se reducirán a 1.595 horas para 2013.

El laudo se circunscribe a un periodo de tres años, finalizado este plazo la tendencia debería ser la de acercar la relación jornada-salario-productividad a la de los principales proveedores europeos. Según el laudo de Manuel Pimentel, los controladores europeos no superan en ningún caso las 1.500 horas de actividad laboral.

Por ello, amplía de forma "excepcional y temporal" la jornada laboral en 40 horas en 2011, hasta un máximo de 1.710 horas en aquellos centros en los que se apliquen y sean necesarias horas de formación y en 25 horas para 2012. En 2013, la jornada laboral máxima será de 1.595 horas, ampliables hasta 20 horas adicionales por formación. Las horas extra seguirán siendo 80 al año.

Reparto de la masa salarial.

La masa salarial se fija en 480 millones de euros para 2010, tal y como se acordó en agosto, con lo que el salario medio de un controlador operativo (CTA) será de 200.000 euros brutos anuales, con antigüedad anterior al 5 de febrero.

Para el periodo 2011-2013, AENA garantiza una media salarial para los CTA también de 200.000 euros al año y un salario al menos equivalente al percibido en 2010 para los controladores no operativos.

Además, establece un cuadro retributivo, sobre el que existe un acuerdo básico entre ambas partes, que incluye el complemento personal transitorio no absorbible de adaptación a la nueva jornada. De forma que si al final del ejercicio existe un remanente de la masa salarial se acuerde su distribución entre las partes, para lo que el laudo establece un plazo.

El cálculo se realizará tomando como referencia la productividad, la puntualidad, la presencia, el absentismo y las regulaciones de tráfico en cada dependencia de control y se abonará a aquellos CTA destinados en los centros que cumplan los objetivos.

En cuanto a la Licencia Especial Retribuida (LER), se crea una nueva figura denominada 'Reserva Activa' (RA), con nuevos requisitos y procedimientos. Aunque la LER podía solicitarse a los 52 años, se elevará a 57 años la edad para acogerse a la RA.

De esta forma, los controladores acogidos a la LER, suspendida por tres años, permanecerán en esta situación si se acogieron a ella antes del 5 de febrero. A partir de los 57 años, los controladores se someterán cada seis meses a unas pruebas psico-físicas. Si no las superan se les ofrecerá un puesto no operativo o pasarán a la RA.

El laudo, que es de obligado cumplimiento, no recurrible y ejecutable, entrará en vigor en cuanto se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Mostrar comentarios

Códigos Descuento