La concejalía de Medio Ambiente y Calidad Urbana modifica dos ordenanzas para mejorar la calidad ambiental

Fijarán los criterios de calidad y eficiencia energética que deben tener las nuevas instalaciones de alumbrado con tecnología LED

La Concejalía de Medio Ambiente y Calidad Urbana de Murcia ha modificado dos ordenanzas municipales con el fin de mejorar la calidad ambiental del municipio, en concreto se trata de la 'Ordenanza de Alumbrado Exterior' y la de 'Captación Solar', según han anunciado fuentes municipales en un comunicado de prensa.

Así, la primera de ellas se amplía con el fin de fijar los criterios de calidad y eficiencia energética que deben tener las nuevas instalaciones de alumbrado con tecnología LED.

Debido al rápido desarrollo de esta tecnología el Ayuntamiento de Murcia ha fijado unos criterios mínimos de carácter de calidad y eficiencia energética que deberán tener las luminarias de tecnología LED para poder ser instaladas en el municipio de Murcia.

Por ello, se ha hecho necesaria la modificación de la ordenanza de eficiencia energética y prevención de la contaminación lumínica del alumbrado exterior, por lo que se procedió a la ampliación del artículo 7.

Además, la implantación de alumbrado con LED reportará en términos de energía consumida y de costes de mantenimiento, por lo que se ha considerado la conveniencia de hacer obligatoria la instalación de alumbrado mediante tecnología LED, u otra más eficaz y eficiente, para el alumbrado público de los nuevos desarrollos urbanísticos.

Respecto a este asunto, en los proyectos de urbanización de nuevos desarrollos urbanísticos se contará obligatoriamente con tecnología LED o cualquier otra tecnología que esté disponible en el mercado de mayor eficacia luminosa y mayor eficiencia energética.

Así, en estas áreas se utilizarán en la medida de lo posible, instalaciones apoyadas parcialmente con energías renovables, debiendo incorporar las normas de urbanización del planeamiento estas condiciones y niveles de calidad que se exigirán en los Proyectos de Urbanización.

En todos los Proyectos de Urbanización nuevos, adaptación o modificación de planes o proyectos en vía pública requerirá con carácter previo a su aprobación de un informe por parte del Servicio Municipal competente de Medio Ambiente.

Seguimiento de las instalaciones de placas solares

Por otra parte, en la Ordenanza de Captación Solar la modificación afecta únicamente al artículo 11, en el que se regula el seguimiento a realizar por el Ayuntamiento de Murcia, de las instalaciones solares térmicas existentes.

El nuevo texto establece en su artículo 11 que las empresas mantenedoras que tengan contratos firmados para mantener las instalaciones solares térmicas en el municipio de Murcia, deberán entregar al Ayuntamiento de Murcia, un informe anual por cada instalación, en el que se recojan las revisiones y actuaciones efectuadas a cada instalación durante ese período.

Respecto a este asunto, el Ayuntamiento de Murcia podrá actuar como garante frente a los ciudadanos, de la calidad y el rendimiento de las instalaciones térmicas realizando un seguimiento y comprobación de que las instalaciones cumplen con la normativa solar térmica aportando la energía solar que marcan las normas y contribuyendo al ahorro medioambiental y económico.

Además, otro de los objetivos es monitorizar el sector de la energía solar térmica, de manera que se disponga de datos estadísticos que se integrarán en el seguimiento del Plan de Energía de Murcia de manera que permita al Ayuntamiento realizar políticas para fomentar este tipo de energía.

Por otro lado, el nuevo texto establece también en su artículo 11, la obligación a los titulares de las instalaciones solares térmicas, de comunicar al Ayuntamiento de Murcia, los contratos de mantenimiento de sus instalaciones. Estas modificaciones se han realizado tras un proceso de consenso ya que previamente se han comunicado a los organismos afectados.

Además, la ampliación de la Ordenanza de Alumbrado Exterior se ha acordado con el Colegio de Arquitectos de la Región de Murcia; el Colegio de Peritos Ingenieros Técnicos Industriales de la Región de Murcia; el Colegio de Aparejadores; Arquitectos Técnicos e Ingenieros de la Edificación de la Región de Murcia; y el Colegio de Ingenieros Industriales de la Región de Murcia.

La propuesta de modificación del texto de la ordenanza 'Captación Solar' fue comunicada, como paso previo a su tramitación, a los Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales; Ingenieros Técnicos Industriales; Arquitectos; y Arquitectos Técnicos de la Región de Murcia.

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