Confirman un año de cárcel para un preso que agredió a dos funcionarios tras separarlo de otro interno

La Audiencia Provincial de Jaén ha confirmado la pena de un año de cárcel para un preso que agredió a dos funcionarios de prisiones después de que éstos lo separan de otro interno con el que mantenía una discusión.

La Audiencia Provincial de Jaén ha confirmado la pena de un año de cárcel para un preso que agredió a dos funcionarios de prisiones después de que éstos lo separan de otro interno con el que mantenía una discusión.

De esta forma, la sentencia de la Sección Segunda, a la que ha tenido acceso Europa Press, desestima el recurso de apelación contra la dictada en primera instancia por el Juzgado de lo Penal número uno de la capital en noviembre del año pasado.

En ese fallo, se recogía como hechos probados que sobre las 12,15 horas del 4 de junio de 2006 el acusado, A.C.G. estaba interno en el Centro Penitenciario Jaén II e inició una discusión con otro, al que empujó sin causarle lesiones, lo que provocó lo intervención de dos funcionarios de prisiones.

Sin embargo, lejos de deponer su actitud, los agredió con puñetazos y patadas, no sólo en el momento en que intentaban separalo, sino también una vez rebasada la zona de seguridad. Como consecuencia, uno de los funcionarios sufrió inflamación en el antebrazo y muñeca izquierdos de la que sanó a los 60 días, mientras que el segundo sufrió un esguince cervical que curó a los 100 días.

Por estos hechos, el Juzgado de lo Penal número uno de Jaén consideró a A.C.G. autor de un delito de atentado, dos faltas de lesiones y otra más de maltrato por los que le impuso un año de prisión y 160 euros de multa. Además, en concepto de responsabilidad civil debía indemnizar a los funcionarios con 3.000 y 5.000 euros en cada caso.

La defensa del acusado recurrió el fallo argumentando error en la apreciación de la prueba e infracción del precepto costitucional o legal al entender que fueron los funcionarios los que se llevaron a una celda de aislamiento a su patrocinado cuando discutía sin que ocurriera incidente alguno.

Para la Sección Segunda de la Audiencia provincial, si embargo, ello no es consecuente con el relato de los hechos probados y no se ve corroborado por prueba alguna. Así, puesto que los motivos aludidos "no han desvirtuado los acertados fundamentos" de la primera sentencia, desestima el recurso, confirmándola íntegramente.

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