El TSJC reconoce el grado III de Dependencia a un tetrapléjico al que el Gobierno sólo concedía el II

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha reconocido como gran dependiente (grado III) a un tetrapléjico al que el Gobierno regional sólo había concedido el reconocimiento de dependencia severa (grado II).

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha reconocido como gran dependiente (grado III) a un tetrapléjico al que el Gobierno regional sólo había concedido el reconocimiento de dependencia severa (grado II).

En la práctica, esto supone que el afectado tendrá derecho a recibir una prestación económica para poder pagar la ayuda que recibe a diario por parte de una empleada del hogar, mientras que hasta ahora el Gobierno sólo le otorgaba una ayuda para ser atendido por alguien de su propia familia.

Así se establece en una sentencia conocida este martes en la que el TSJC estima el recurso del hombre, que sufre graves lesiones a nivel medular y espinal, así como trastornos ansioso-depresivos.

El afectado, que desde 1985 tiene reconocida por la Seguridad Social una minusvalía del 93% y precisa la ayuda de una tercera persona para realizar "todas las actividades" de la vida diaria, pedía que se le reconociera el grado III de dependencia, nivel 2, pero el Gobierno cántabro sólo le daba el grado II nivel 2.

La sentencia explica que el grado II (dependencia severa) se debe aplicar a quienes necesitan ayuda para realizar "varias actividades básicas" de la vida diaria dos o tres veces al día, pero en este caso considera "más que evidente" que corresponde el grado III (gran dependencia), ya que la pérdida de autonomía es "total" y es "indispensable" el apoyo "continuo" de otra persona.

Según señala la sala, no se trata de alguien que "ocasionalmente" necesite ayuda, sino que "ha perdido casi totalmente su autonomía física" y precisa apoyo de otra persona "para la práctica totalidad de las actividades de su vida diaria, no sólo varias veces al día, sino de forma permanente" desde hace 20 años.

Así, subraya que el recurrente está "incapacitado para realizar los actos más esenciales de su vida, como desplazarse al exterior solo, vestirse, asearse en su totalidad", aplicarse los tratamientos médicos e incluso comer.

Por tanto, cree que el grado de dependencia III "se ajusta perfectamente" a su situación, ya que la necesidad de la ayuda de una tercera persona es "permanente y constante, incluso de noche".

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