El TSJA respalda al Ayuntamiento de Gines en el precio de la expropiación de La Concepción

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado sentencia firme desestimando la reclamación promovida por la sociedad Juan Miguel Béjar Ramos SL para elevar a 1.150.000 euros el precio de la expropiación impulsada por el Ayuntamiento de Gines (Sevilla), gobernado por Manuel Camino (PSOE), sobre la Hacienda de la Concepción, antaño titularidad de la citada sociedad limitada. El Consistorio, así, no tendrá que abonar los 800.000 euros de más reclamados por el anterior dueño del inmueble.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado sentencia firme desestimando la reclamación promovida por la sociedad Juan Miguel Béjar Ramos SL para elevar a 1.150.000 euros el precio de la expropiación impulsada por el Ayuntamiento de Gines (Sevilla), gobernado por Manuel Camino (PSOE), sobre la Hacienda de la Concepción, antaño titularidad de la citada sociedad limitada. El Consistorio, así, no tendrá que abonar los 800.000 euros de más reclamados por el anterior dueño del inmueble.

La sentencia firme del TSJA, con fecha de 9 de febrero, establece que el pago por este inmueble debe limitarse al justiprecio fijado en 2008 por el Jurado Provincial de Expropiación, concretamente 350.000 euros pagados en su día por el actual Gobierno de coalición de PSOE e IU-CA, según informa el Consistorio de Gines. En concreto, Juan Miguel Béjar Ramos SL solicitaba por el inmueble 1.150.000 euros, una cantidad que basaba en las obras de mejora realizadas "precipitadamente por el entonces Gobierno Municipal del Partido Popular, cuando todavía la propiedad del inmueble estaba en litigio".

Largo proceso judicial

En 1999, Juan Miguel Béjar Ramos SL cedió al Ayuntamiento de Gines la Hacienda de la Concepción, actual Centro Municipal de Educación Permanente, mediante un estudio de detalle en lugar de hacerlo a través de un convenio urbanístico, como correspondía legalmente.

Poco después, Béjar Ramos inició una reclamación judicial sobre el inmueble, a pesar de lo cual el Gobierno Municipal del Partido Popular comenzó una serie de obras de adecuación en el edificio pese a encontrarse su propiedad todavía en litigio. Béjar Ramos solicitó a tal efecto ante la Justicia la cantidad de 1.150.000 euros debido a que consideraba como parte de su propiedad las mejoras realizadas por el Gobierno Municipal del PP.

En 2006, la Justicia anuló la cesión realizada en 1999 al considerar como no válido el instrumento empleado para la cesión, el mencionado estudio de detalle, por lo que el entonces alcalde del Partido Popular, Francisco González Cabrera, decidió llevar a cabo la expropiación urgente del inmueble, en el que el Ayuntamiento ya había invertido mucho dinero mediante la realización de las citadas obras.

Ya con el actual Gobierno Municipal, en 2008 el Jurado Provincial de Expropiación fijaba el justiprecio de la expropiación en 350.000 euros, una cantidad que el Ayuntamiento ya pagó en su día. Sin embargo, el anterior propietario solicitó una ampliación de la indemnización hasta 1.150.000 euros, solicitando así 800.000 euros más de los ya pagados por el inmueble por parte del Consistorio.

Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado sentencia firme favorable al Ayuntamiento, que de este modo no tendrá que pagar los 800.000 euros más que reclamaba el anterior propietario.

Queda pendiente, sin embargo, otro procedimiento mediante el que Béjar Ramos reclama al Ayuntamiento una serie de intereses por el tiempo que estuvo desposeído de la propiedad del inmueble entre 1999 (momento de la cesión declarada nula) y 2006 (cuando se realiza la expropiación definitiva). En cualquier caso, si prospera esta demanda, gracias a la sentencia que se ha conocido ahora, estos intereses ya no serían sobre la reclamación de 1.150.000 euros que efectuaba Béjar Ramos, sino sobre los 350.000 euros fijados en el justiprecio, lo que daría como resultado una cantidad notablemente inferior.

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