M.Junta sanciona a Cobre Las Cruces con 255.000 euros por "no compensar" las extracciones de agua

La Agencia Andaluza del Agua (AAA), organismo dependiente de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, ha impuesto una sanción de 255.039,70 euros a la compañía minera Cobre Las Cruces, que explota la mayor mina a cielo abierto de Europa en los municipios sevillanos de Gerena, Guillena y Salteras, por incumplir la condición de compensar en su totalidad las extracciones de agua realizadas en el acuífero Niebla-Posadas mediante un sistema de drenaje y reinyección, claúsula impuesta en la concesión otorgada en verano de 2009 por la Administración para reemprender sus trabajos.

La Agencia Andaluza del Agua (AAA), organismo dependiente de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, ha impuesto una sanción de 255.039,70 euros a la compañía minera Cobre Las Cruces, que explota la mayor mina a cielo abierto de Europa en los municipios sevillanos de Gerena, Guillena y Salteras, por incumplir la condición de compensar en su totalidad las extracciones de agua realizadas en el acuífero Niebla-Posadas mediante un sistema de drenaje y reinyección, claúsula impuesta en la concesión otorgada en verano de 2009 por la Administración para reemprender sus trabajos.

La resolución de la sanción emitida por la Agencia Andaluza del Agua el 13 de enero de 2011, a la que ha tenido acceso Europa Press, precisa que se impone una multa de 127.519,70 euros por el incumplimiento de la condición nueve de la autorización administrativa que le permite operar, y la obligación de pagar 127.519,70 euros para indemnizar los daños al dominio público hidráulico.

El incumplimiento de esta condición se detectó en el seguimiento que de forma permanente realiza la Agencia Andaluza del Agua sobre el trabajo que lleva a cabo la compañía en el acuífero, lo que motivo la apertura de este expediente sancionador el pasado mes de mayo de 2010. En este sentido, hay que recordar que tal y como se establecía en el Plan Global de Gestión de Aguas presentado por Cobre-Las Cruces, para poder retomar el funcionamiento de los trabajos en la corta minera tras la suspensión dictada en la primavera de 2008, la compañía debía compensar el agua que extraía del acuífero Niebla-Posadas mediante la compra de derechos del agua a usuarios equivalentes a la cantidad que no podía reponer al acuífero.

Concretamente, fuentes de la Administración ambiental andaluza indicaron a Europa Press durante el mes de agosto pasado que se estima que la compañía minera ha extraído unos 800.000 metros cúbicos de agua más de lo estipulado, si bien es cierto, que habría restituido entonces aproximadamente la mitad de este volumen, unos 400.000 metros cúbicos. Si bien, destacaron que la calidad de las aguas del acuífero "no se han visto afectadas" y que, del mismo modo, "no se ha producido ningún vertido".

Tras la denuncia recibida por la Agencia Andaluza del Agua el 27 de mayo de 2010 por parte del Servicio de Control y Vigilancia del Dominio Público Hidráulico por haber incumplido la condición específica número nueve de la autorización dada en resolución de 16 de julio de 2009, el Servicio de Concesiones de la AAA, como ha avanzado el rotativo 'El País', valoró los daños en 127.519,70 euros y posteriormente el director general de Dominio Público Hidráulico acordó incoar expediente sancionador por los hechos citados, calificados como "infracción grave" por el instructor del procedimiento.

En este sentido, cabe recordar que la condición específica novena recoge que "los volúmenes reinyectados en el acuífero como consecuencia de las operaciones de tratamiento de las agudas del sistema de drenaje deberán ser compensados mediante la adquisición de derechos de agua, debiendo ser éstos autorizados por la AAA".

Por estos motivos, el director gerente de la AAA acuerda imponer a Cobre Las Cruces la multa de 127.519,70 euros, así como la misma cantidad como indemnización por los daños causados. Asimismo, obliga a la compañía a dar "inmediato" cumplimiento al condicionado de la resolución de 16 de julio de 2009, advirtiéndole que en caso contrario se adoptarán las medidas correspondientes. En este sentido, añade que "será su responsabilidad" los daños y perjuicios que por incumplimientos de dicha obligación se puedan ocasionar al dominio público hidráulico.

Contra esta resolución, firmada por el jefe de Servicio de Régimen de Usuarios de la AAA y que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes.

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