Condenan al Sermas por la muerte de un anciano cuya ambulancia tardó tres horas

  • El Servicio Madrileño de Salud deberá pagar 20.000 euros de indemnización a la hija de un hombre de 87 años.
  • El anciano murió como consecuencia de una hemorragia cerebral tras cinco llamadas al SUMMA y una demora de tres horas de la ambulancia.
  • Le dijeron que no había vehículos de asistencia disponibles.
El Hospital Universitario La Paz.
El Hospital Universitario La Paz.
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El Hospital Universitario La Paz.

El Servicio Madrileño de Salud (Sermas) pagará 20.000 euros de indemnización a la hija de un hombre de 87 años que murió como consecuencia de una hemorragia cerebral tras cinco llamadas al SUMMA y una demora de tres horas de la ambulancia.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado parcialmente el recurso contencioso - administrativo interpuesto por la hija del fallecido y ha condenado al SERMAS a pagar esta suma al considerar probado que "el tiempo de respuesta del servicio de ambulancias fue excesivo" y al haberse presentado una prueba pericial "no desvirtuada por otra" que concluye que el retraso en la asistencia sanitaria redujo las posibilidades de supervivencia del enfermo.

Los hechos sucedieron el 17 de octubre de 2006 y el retraso se produjo a pesar de que el hombre vivía en una calle como Bravo Murillo, que según la sentencia, es "una zona céntrica perfectamente accesible" que no justifica semejante retraso. A las 8 horas, el fallecido empezó a vomitar, perdió el habla y presentó otros síntomas como agitación, de manera que su hija procedió a hacer una primera llamada al SUMMA con el objetivo de solicitar asistencia médica domiciliaria y ambulancia.

Este primer aviso se produjo a las 8.06 horas y la llamada fue "colgada" durante la conversación. Según la sentencia, "difícilmente se justifica la total pasividad del servicio de atención médica".

A las 8.46 horas, viendo que su padre empeoraba, la mujer decidió volver a llamar al 112, recibiendo entonces como respuesta que a partir de las 8.30 horas no hay vehículos de asistencia disponibles, por lo que era necesario que este familiar eligiera entre una ambulancia u obtener la asistencia que demandaba en el centro de Atención Primaria.

En el centro de salud le comunicaron a la hija del fallecido que no podían garantizar "que el médico acudiera de inmediato", por lo que ésta optó por llamar otra vez al SUMMA -tercera llamada- para pedir la ambulancia.

A las 9.30 horas; es decir, una hora y media después del primer aviso al SUMMA, llegó al domicilio del fallecido el médico del centro de Atención Primaria. Según la sentencia, el facultativo "llamó personalmente al SUMMA" -cuarta llamada- sólo dos minutos después "pidiendo una ambulancia con carácter urgente para el traslado del paciente al Hospital de La Paz", aviso que el SUMMA trasladó a la ambulancia a las 10.01 horas.

Más de 20 minutos después, se volvió a reiterar la llamada de auxilio -quinta llamada- dado el tiempo transcurrido y fue finalmente a las 10.46 horas cuando llegó la ambulancia al domicilio del paciente, iniciando entonces su traslado e ingresándolo alrededor de las 11.45 horas. El enfermo murió minutos antes de las 18 horas de ese mismo día.

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