Admitido a trámite el recurso de un colectivo contra el Plan Viario del Casco Histórico

Abre una pieza separada sobre las medidas cautelares solicitadas y señala un plazo de diez días para dar concurso al Ayuntamiento

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha admitido a trámite el recurso promovido por las asociaciones de vecinos Museo-Entorno, Torre del Oro y Barrio del Arenal, contra la modificación de la Ordenanza de Circulación de Peatones y Ciclistas mediante la que el Ayuntamiento de Sevilla aplica el Plan de Ordenación Viaria del Casco Antiguo y Protección de la Zona Monumental. Dicho plan restringe el tráfico privado en el casco histórico mediante un régimen sancionatorio que limita a 45 minutos el tránsito por el centro a los conductores no residentes o que no se ajusten a las excepciones contempladas.

Mediante una diligencia acordada el 22 de diciembre de 2010 y recogida por Europa Press, el Alto tribunal andaluz "admite a trámite" el recurso impulsado por estas organizaciones vecinales contra el acuerdo adoptado, el 24 de septiembre de 2010, por el pleno del Consistorio para modificar la Ordenanza de Circulación de Peatones y Ciclistas al objeto de materializar el mencionado plan, cuyo régimen sancionador está en vigor desde el pasado 17 de diciembre.

Paralelamente, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA, mediante una nueva diligencia de ordenación derivada de la ya descrita, ha abierto una "pieza separada" para resolver en cuanto a las medidas cautelares incluidas en el recurso original promovido por las organizaciones vecinales en cuestión. En esta pieza separada, según el documento recogido por Europa Press, el Alto Tribunal andaluz abre un plazo de diez días para que el Consistorio, como autor del auto recurrido, "manifieste lo que tuviere por conveniente" en cuanto a las medidas cautelares propuestas.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA, como se recordará, ya había resuelto en un auto fechado el 23 de diciembre y recogido por Europa Press "no suspender la ejecutividad de las disposiciones administrativas impugnadas", en el marco del recurso promovido por el Grupo popular del Ayuntamiento hispalense contra este mismo acuerdo plenario. El recurso del PP, como se ha informado, había sido igualmente admitido a trámite y, en el curso de las diligencias, el Alto Tribunal andaluz desechaba así las medidas cautelares solicitadas por el PP en la pieza separada incoada a raíz de citado recurso, que sigue actualmente su curso.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento