En el primer caso, un padre pidió a Educación que se comprobaran las rentas y domicilios de las solicitudes de los niños admitidos en San José de Escolapias en 2003. La jueza le dio la razón y decidió que Educación debía investigar porque «no puede limitarse a dar por buena toda la documentación presentada».
Sin embargo, la Conselleria recurrió al TSJ, que ha anulado dicha sentencia. Argumenta que como la denuncia del padre fue genérica (no concretó casos), «resulta desproporcionado y excesivo» que la Conselleria compruebe si los datos de cada solicitud son reales.
Sólo se exigirá la comprobación cuando se denuncien «personas concretas». En el segundo caso, el Tribunal alega lo mismo ante la reclamación de un padre del colegio Dominicos.
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