Cultura devuelve a Marchena las competencias urbanísticas arrebatas en el Conjunto Histórico

La Consejería de Cultura ha delegado nuevamente en el Ayuntamiento de Marchena (Sevilla), gobernado por Juan Rodríguez Aguilera (PA) en coalición con el PP, la autorización de obras o actuaciones en el ámbito de la nueva delimitación del Conjunto Histórico Artístico, cuyo perímetro había sido ampliado hasta un total de 81,7 hectáreas merced a un procedimiento impulsado por la Dirección General de Bienes Culturales. Este procedimiento había supuesto el rescate de estas competencias en favor de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico, si bien el conflicto ha sido finalmente resuelto mediante una modificación puntual del planeamiento urbano.
Vista parcial del casco histórico de Marchena.
Vista parcial del casco histórico de Marchena.
ARCHIVO.
Vista parcial del casco histórico de Marchena.

La Consejería de Cultura ha delegado nuevamente en el Ayuntamiento de Marchena (Sevilla), gobernado por Juan Rodríguez Aguilera (PA) en coalición con el PP, la autorización de obras o actuaciones en el ámbito de la nueva delimitación del Conjunto Histórico Artístico, cuyo perímetro había sido ampliado hasta un total de 81,7 hectáreas merced a un procedimiento impulsado por la Dirección General de Bienes Culturales. Este procedimiento había supuesto el rescate de estas competencias en favor de la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico, si bien el conflicto ha sido finalmente resuelto mediante una modificación puntual del planeamiento urbano.

El conflicto arrancó durante el otoño de 2008, cuando el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía aprobó un decreto destinado a ampliar, hasta las 81,7 hectáreas, la delimitación del Conjunto Histórico Artístico de Marchena, medida que todas las fuerzas políticas del Ayuntamiento y el tejido empresarial censuraron al entender desproporcionada la ampliación promovida.

De hecho, en el marco del expediente incoado por la Dirección General de Bienes Culturales de la Junta de Andalucía para ampliar el Conjunto Histórico Artístico de Marchena, que parte de la declaración formalizada en 1966, el Ayuntamiento alegó aportando más de 200 páginas de datos, fotografías, planos y documentos sobre las bases históricas y legales de la trama urbana afectada, dado que el Gobierno municipal reclamaba que se redujese la envergadura del procedimiento.

Elementos "no protegidos"

La Consejería de Cultura, no obstante, entendía en una documentación recogida por Europa Press que la declaración del Conjunto Histórico Artístico materializada en 1996, al limitarse al recinto amurallado, no catalogó "otros sectores que tuvieron su origen en el proceso de morfogénesis de la ciudad durante la conformación de los arrabales históricos", ámbitos que actualmente "conservan inalteradas las características tipológicas de la trama urbana y suficientes ejemplos del tipo edificatorio de su arquitectura tradicional".

Insertos en este parcelario de carácter histórico pero "no protegido" por la declaración de Bien de Interés Cultural de 1966, existen según la Dirección General de Bienes Culturales "inmuebles de interés histórico, arquitectónico y artístico, destacando las iglesias de San Pedro, San Agustín o la Encarnación, los centros conventuales y un numeroso conjunto de edificios de carácter monumental compuesto por las diferentes muestras de arquitectura palaciega", por lo que la Dirección General de Bienes Culturales resolvía imponer la protección a "un ámbito de mayor dimensión" a través de este procedimiento.

Resolución del conflicto

El conflicto, finalmente, fue resuelto mediante una modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Marchena, al objeto de que la normativa de "residencial arrabales históricos" del planeamiento urbano rija sobre zonas hasta ahora sometidas a la normativa de "extensión residencial", maniobra mediante la que las zonas incorporadas a la primera normativa eran ajustadas a la nueva delimitación aprobada por el Consejo de Gobierno para el Conjunto Histórico Artístico. La Comisión provincial de Patrimonio Histórico, a tal efecto, había informado favorablemente sobre esta medida porque "supone mejorar las condiciones de protección y valoración de los elementos incluidos en esa zona".

Una vez que la Dirección General de Patrimonio Histórico, promotora de la ampliación del Conjunto Histórico Artístico, ha "asumido como propio" el informe de la Comisión provincial de Patrimonio Histórico, el consejero de Cultura, Paulino Plata, emitía el pasado 1 de diciembre una orden recogida por Europa Press y en la que autoriza, en favor del Ayuntamiento de Marchena, la delegación de las competencias relativas a la concesión de licencias urbanísticas en el ámbito del Conjunto Histórico Artístico.

La orden, no obstante, excluye de la delegación de competencias las obras y actuaciones con efectos en los monumentos, jardines históricos, zonas arqueológicas y el ámbito ligado a actividades de interés etnológico, así como las demoliciones que afecten a inmuebles inscritos "individualmente" en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz o que formen parte del entorno de bienes declarados de Interés Cultural (BIC). No obstante, la orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Mostrar comentarios

Códigos Descuento